Consorcios
de la CABA
Habemus
libris
[BPN-07/12/11]
El Dr. Juan Manuel Gallo, director general de Defensa y
Protección del Consumidor (DGDyPC) de la CABA, dispuso la
creación del "Libro de Ingreso y Egreso de Proveedores"
que deberá contener los datos de los movimientos de aquellos que se
ocupan del mantenimiento de los bienes comunes del consorcio. A partir de
ahora toda persona que ingrese a trabajar en un edificio en calidad de
proveedor tendrá que ser registrado. Sólo quedarán exentos de esta
norma aquellos que entren al consorcio para realizar alguna tarea en la
unidad de un copropietario. Lo que no queda claro es quién -en la
práctica- será el responsable de hacer completar el libro.
La medida fue
establecida por la Disposición Nº 5.003, publicada en el Boletín
Oficial del 30 de noviembre pasado. De acuerdo al artículo 2º de la
misma, el nuevo libro deberá encontrarse en el consorcio –y estar a
disposición de los consorcistas o del Gobierno de la ciudad- "a
partir de los treinta días hábiles de la publicación de la norma en el
BO". Es decir, a partir del próximo 13 de enero.
Según
expresó el Dr. Gallo en los considerandos de esta disposición, el
objetivo es "impedir el ingreso de proveedores que no cumplan con la
normativa vigente (Artículo 11º de la Ley 941 modificada por la Ley
3.254), resguardando de este modo el patrimonio del consorcio".
El
holograma
Para el nuevo
libro se implementará un "sistema de codificación mediante una
oblea u holograma" con el objetivo de "otorgar mayor seguridad y
evitar su falsificación". El administrador deberá plasmar en las
futuras Declaraciones Juradas el código que contendrá la oblea que
estará colocada sobre el margen superior derecho de la primera hoja.
La
implementación del sistema –aunque falta confirmación oficial- sería
la siguiente:
1.- El
proveedor de los libros recibe las obleas y las pega en los libros.
2.- El
administrador adquiere el libro, llena los datos de la primera hoja
-carátula de identificación- solicita un turno -se aclara en la
disposición que los cupos serán limitados- y lo autoriza en el Registro
Público de Administradores (RPA).
Aunque tampoco
está confirmado podría ser posible que el RPA entregue obleas a
particulares que adquirieron los libros por su cuenta.
La carátula
de identificación
En la
"carátula de identificación", los administradores deberán
ingresar los siguientes datos:
1.- Número de
libro.
2.- Domicilio
del consorcio.
3.- CUIT del
consorcio.
4.- Número de
RPA del administrador.
5.- Fecha.
De acuerdo al
artículo 3º de la disposición, la tapa del libro deberá llevar escrita
la leyenda "Libro de Ingreso y Egreso de Proveedores".
El contenido
Con respecto
al contenido del libro, el Anexo de la disposición indica que se deberán
registrar:
1.- El rubro
al que pertenece el proveedor.
2.- El nombre
completo de la empresa y su numero de matrícula o registro,
3.- Su número
de CUIT
4.- El nombre
y apellido de la persona que ingresa al edificio
5.- Su CUIL
6.- Su ART.
Por último el
personal que ingresa deberá firmar el libro en el que constará la fecha
y hora de su ingreso y egreso.
Ahora ya son
diez
El Libro de
Ingreso y Egreso de Proveedores se suma así a los nueve ya existentes en
los consorcios: el libro de Administración, el
de Actas, el
libro de Sueldos y Jornales, el
de Órdenes, el
libro de Ascensores, el
de Tanques de Agua Potable, el
de Firmas, el de Asiento de Controles de Instalaciones Fijas y el
de Edificio Seguro.
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