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Reglamentos con fecha de vencimiento ¡¡¡ Santas escrituras, Batman !!! [BPN-23/05/12] A fines de abril cuatro diputados del Frente Peronista encabezados por Francisco De Narváez presentaron en la Honorable Cámara de Diputados de la Nación (HCDN) un proyecto de ley que propone modificar el artículo 9° de la Ley 13.512 para que el reglamento de copropiedad y administración de los consorcios tenga una vigencia máxima de 30 años renovables por otros 30. Tras el vencimiento del primer período la modificación del reglamento será posible con el pedido de uno solo de los propietarios. Si nadie considera necesario la modificación se renueva el reglamento. <ver proyecto>. En el artículo 1º de su proyecto de ley De Narváez propone que "cumplidos 30 (treinta) años y a solicitud de al menos uno de los propietarios, el consorcio deberá acordar y redactar un nuevo reglamento de copropiedad y administración de acuerdo a la realidad del edificio y a la zona donde se encuentre emplazado", agregando a continuación que "todo nuevo reglamento, modificación o ratificación del original, deberá consignarse en escritura pública e inscribirse en el Registro de la Propiedad". Este artículo agrega a los cuatro punto obligatorios que deberá proveer el reglamento de copropiedad -que no modifican los ya determinados por la Ley 13.512- un inciso a) que expresa que se deberá estipular el "período de vigencia del Reglamento de Copropiedad y Administración". De no cumplirse con la normativa, la autoridad municipal podrá aplicar multas y ésta o cualquier propietario podrá solicitar la intervención de la justicia para regularizar la situación. Este proyecto de ley fue firmado por los diputados nacionales por el Frente Peronista: Francisco De Narváez, Alfredo Néstor Atanasof, Natalia Gambaro y Gustavo Alfredo Horacio Ferrari. El proyecto que tiene 3 artículos y recibió el Nº de expediente 2560-D-2012 ya fue girado a las comisiones de Legislación General y Vivienda y Ordenamiento Urbano, según figura en el sitio Web de la Secretaria Parlamentaria de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación. Los fundamentos En los fundamentos del proyecto de ley, luego de describir –en cinco párrafos- una serie de dificultades por la que atravesarían los consorcios de propietarios, De Narváez pasa a explicar las ventajas de que los reglamentos de copropiedad tengan como fecha de vencimiento sus treinta años de vida aunque no explica de qué forma práctica lo haría. Textualmente él expresa que "la modificación del reglamento de administración y copropiedad en el momento justo y su actualización, puede contribuir a facilitar al consorcio encontrar soluciones que le permitan reordenar y reorganizar los mecanismos para sostener el buen estado de los edificios, beneficiando a todos los propietarios. Establecer como obligación la vigencia de los reglamentos de administración y copropiedad por un período determinado, con un máximo de 30 años y la obligación de renovarlos, es la manera de evitar que dichos reglamentos se conviertan en restricciones inadecuadas para la buena convivencia. Esta modificación en la norma va a devolverle vida a una inmensa cantidad de edificios cuyos propietarios se encuentran seriamente damnificados y simultáneamente esta medida va a darle vida y revalorización a muchos espacios edilicios de nuestras ciudades, que para su disfrute requieren de buen mantenimiento y que sólo puede ser brindado por la buena manutención de sus propietarios" |
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