María
Fabiana Lizarralde. |
Sueldos
Junio/12
Para
Junio, nueva escala salarial
[BPN-23/05/12]
Los sueldos del mes de junio deberán confeccionarse con la nueva escala
salarial que se publicó en el Boletín Oficial del día 29 de mayo pasado
y que refleja un aumento del 18% con relación a la de octubre de 2011.
En octubre de
2011 un encargado permanente con vivienda percibía un básico de $3.790, en
abril y mayo de 2012 ese valor aumentó a $4.245 (un 12% más) y en junio
el importe será de $4.472 (un 18% más en relación a octubre de 2011 o un
5,35% en relación con abril de 2012).
También los
importes correspondientes a los adicionales aumentaron en esa misma
proporción. Por ejemplo, el valor vivienda en la escala salarial de octubre
de 2011 era de $24,88, mientras que en abril de 2012 aumentó a $27,86 y en la
de junio será de $29,35.
Todos los valores de
la escala salarial vigente son:
Junio
2012
FUNCIONES |
1º
CAT. |
2º
CAT. |
3º
CAT. |
4º
CAT. |
Encargado
Permanente con vivienda |
4.472 |
4.286 |
4.099 |
3.727 |
Encargado
Permanente sin vivienda |
5.256 |
5.037 |
4.818 |
4.380 |
Ayudante
Permanente con vivienda |
4.472 |
4.286 |
4.099 |
3.727 |
Ayudante
Permanente sin vivienda |
5.256 |
5.037 |
4.818 |
4.380 |
Ayudante
Media Jornada |
2.628 |
2.519 |
2.409 |
2.190 |
Personal
Asimilado con vivienda |
4.472 |
4.286 |
4.099 |
3.727 |
Personal
Asimilado sin vivienda |
5.256 |
5.037 |
4.818 |
4.380 |
Mayordomo
con vivienda |
4.638 |
4.444 |
4.251 |
3.865 |
Mayordomo
sin vivienda |
5.471 |
5.243 |
5.015 |
4.559 |
Personal
con más de 1 función con vivienda |
4.472 |
4.286 |
4.099 |
3.727 |
Personal
con más de 1 función sin vivienda |
5.256 |
5.037 |
4.818 |
4.380 |
Encargado
Guardacoches con vivienda |
3.943 |
3.943 |
3.943 |
3.943 |
Encargado
Guardacoches sin vivienda |
4.281 |
4.281 |
4.281 |
4.281 |
Personal
Vigilancia Nocturna |
4.735 |
4.735 |
4.735 |
4.735 |
Personal
Vigilancia Diurna |
4.409 |
4.409 |
4.409 |
4.409 |
Personal
Vigilancia Media Jornada |
2.205 |
2.205 |
2.205 |
2.205 |
Encargado
No Permanente Con vivienda |
2.122 |
2.122 |
2.122 |
2.122 |
Encargado
No Permanente sin vivienda |
2.306 |
2.306 |
2.306 |
2.306 |
Ayudante
Temporario |
4.319 |
4.319 |
4.319 |
4.319 |
Ayudante
Temporario Media Jornada |
2.160 |
2.160 |
2.160 |
2.160 |
Los
adicionales para
cualquiera de las categorías:
Personal
Jornalizado no más 18 horas ( según ART. 7 inc. p – HORA)
|
44,66
|
Suplente
con horario por día
|
195,00
|
Retiro
de residuos por unidad destinada a vivienda u oficina
|
7,98
|
Clasificación
de residuos
|
10,49
|
Valor
vivienda
|
29,35
|
Plus
por antigüedad conf. Resoluc. 106/09 – inc. d, e, h, n y p del
art. 7 y 8 por año ( 1%)
|
43,80
|
Plus
por antigüedad – por año ART. 11 ( 2%)
|
87,60
|
Plus
limpieza de cocheras
|
109,03
|
Plus
movimiento de coches – Hasta 20 unidades
|
161,45
|
Plus
Jardín
|
109,03
|
Plus
Zona Desfavorable
|
20%
|
Título
de Encargado Integral de Edificio
|
7%
|
En este mes también se debe liquidar el primer
Sueldo Anual Complementario (SAC) que fueron dispuestos por la Ley 20.744 de Contrato de Trabajo
y la Ley 23.041.
El artículo 121 de la Ley 20.744 fue modificada por el artículo 1º de la Ley 23.041 con lo cual el concepto de SAC quedó expresado:
“el sueldo anual complementario en la actividad privada, administración
pública central y descentralizada, empresas del Estado, empresas mixtas y empresas de propiedad del Estado, será pagado sobre el cálculo del 50% de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto dentro de los semestres que culminan en los meses de junio y diciembre de cada año”.
Con respecto a la época de pago, el artículo 122 de la Ley de Contrato de Trabajo dice: “el sueldo anual complementario será abonado en dos cuotas: la primera de ellas el treinta de junio y la segunda el treinta y uno de diciembre de cada año...”
Los
ítems a tener en cuenta para este mes son:
Junio
2012
1) |
Escala
salarial vigente
(Res
222-223-224/2011 BO 12/04/2011 Nº 32128) |
Junio
2012 |
3) |
FATERYH
(CCT
378/04 - Art. 27 + Homolog. 106/09) |
1%
de aportes para trabajadores
2,5%
de contribuciones para el empleador. |
4) |
Aporte
Jubilatorio:
(Dto.
22/2007 – BO 24/1/2007) |
11% |
5) |
Sueldo
Mínimo Vital y Móvil
(Resolución 2/2011 BO 30/08/11 Nº3223) |
A
partir del 1/09/11 $ 2.300 por mes y $ 11,50 por
hora. |
6) |
Asignaciones
familiares
|
A
partir del 1º de julio de 2010 la Administración Nacional de la
Seguridad Social liquidará en forma directa las Asignaciones
Familiares de los trabajadores. De esta forma, el Estado Nacional
efectúa los controles sobre las asignaciones familiares de los
trabajadores y quita a los empleadores la carga financiera a través
del pago anticipado del beneficio. |
7) |
Feriados
de junio (1) |
Miércoles
20 por la conmemoración del paso a la inmortalidad del General D.
Manuel Belgrano. |
8) |
Doble
indemnización
(Dto
1224/2007 BO 11/9/07) |
Se
derogó la doble indemnización por el Decreto 1224/2007 publicado
en Boletín Oficial Nº 31.136 el 11 de septiembre de 2007. |
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