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Curso de sueldos para Propiedad Horizontal

Sistema 9041 para la administración de consorcios...


María Fabiana Lizarralde.

María Fabiana Lizarralde.

Sueldos Junio/12

Para Junio, nueva escala salarial

[BPN-23/05/12] Los sueldos del mes de junio deberán confeccionarse con la nueva escala salarial que se publicó en el Boletín Oficial del día 29 de mayo pasado y que refleja un aumento del 18% con relación a la de octubre de 2011.

En octubre de 2011 un encargado permanente con vivienda percibía un básico de $3.790, en abril y mayo de 2012 ese valor aumentó a $4.245 (un 12% más) y en junio el importe será de $4.472 (un 18% más en relación a octubre de 2011 o un 5,35% en relación con abril de 2012).

También los importes correspondientes a los adicionales aumentaron en esa misma proporción. Por ejemplo, el valor vivienda en la escala salarial de octubre de 2011 era de $24,88, mientras que en abril de 2012 aumentó a $27,86 y en la de junio será de $29,35.

Todos los valores de la escala salarial vigente son:

Junio 2012

FUNCIONES

1º CAT.

2º CAT.

3º CAT.

4º CAT.

Encargado Permanente con vivienda

4.472

4.286

4.099

3.727

Encargado Permanente sin vivienda

5.256

5.037

4.818

4.380

Ayudante Permanente con vivienda

4.472

4.286

4.099

3.727

Ayudante Permanente sin vivienda

5.256

5.037

4.818

4.380

Ayudante Media Jornada

2.628

2.519

2.409

2.190

Personal Asimilado con vivienda

4.472

4.286

4.099

3.727

Personal Asimilado sin vivienda

5.256

5.037

4.818

4.380

Mayordomo con vivienda

4.638

4.444

4.251

3.865

Mayordomo sin vivienda

5.471

5.243

5.015

4.559

Personal con más de 1 función con vivienda

4.472

4.286

4.099

3.727

Personal con más de 1 función sin vivienda

5.256

5.037

4.818

4.380

Encargado Guardacoches con vivienda

3.943

3.943

3.943

3.943

Encargado Guardacoches sin vivienda

4.281

4.281

4.281

4.281

Personal Vigilancia Nocturna

4.735

4.735

4.735

4.735

Personal Vigilancia Diurna

4.409

4.409

4.409

4.409

Personal Vigilancia Media Jornada

2.205

2.205

2.205

2.205

Encargado No Permanente Con vivienda

2.122

2.122

2.122

2.122

Encargado No Permanente sin vivienda

2.306

2.306

2.306

2.306

Ayudante Temporario

4.319

4.319

4.319

4.319

Ayudante Temporario Media Jornada

2.160

2.160

2.160

2.160

 

Los adicionales para cualquiera de las categorías:

Personal Jornalizado no más 18 horas ( según ART. 7 inc. p – HORA)

44,66

Suplente con horario por día

195,00

Retiro de residuos por unidad destinada a vivienda u oficina

7,98

Clasificación de residuos

10,49

Valor vivienda

29,35

Plus por antigüedad conf. Resoluc. 106/09 – inc. d, e, h, n y p del
art. 7 y 8 por año ( 1%)

43,80

Plus por antigüedad – por año ART. 11 ( 2%)

87,60

Plus limpieza de cocheras

109,03

Plus movimiento de coches – Hasta 20 unidades

161,45

Plus Jardín

109,03

Plus Zona Desfavorable

20%

Título de Encargado Integral de Edificio

7%

En este mes también se debe liquidar el primer Sueldo Anual Complementario (SAC) que fueron dispuestos por la Ley 20.744 de Contrato de Trabajo y la Ley 23.041.

El artículo 121 de la Ley 20.744 fue modificada por el artículo 1º de la Ley 23.041 con lo cual el concepto de SAC quedó expresado: “el sueldo anual complementario en la actividad privada, administración pública central y descentralizada, empresas del Estado, empresas mixtas y empresas de propiedad del Estado, será pagado sobre el cálculo del 50% de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto dentro de los semestres que culminan en los meses de junio y diciembre de cada año”.

Con respecto a la época de pago, el artículo 122 de la Ley de Contrato de Trabajo dice: “el sueldo anual complementario será abonado en dos cuotas: la primera de ellas el treinta de junio y la segunda el treinta y uno de diciembre de cada año...”

Los ítems a tener en cuenta para este mes son:

Junio 2012

1)

Escala salarial vigente

(Res 222-223-224/2011 BO 12/04/2011 Nº 32128)

Junio 2012

3)

FATERYH

(CCT 378/04 - Art. 27 + Homolog. 106/09)

1% de aportes para trabajadores

2,5% de contribuciones para el empleador.

4)

Aporte Jubilatorio:

(Dto. 22/2007 – BO 24/1/2007)

11%

5)

Sueldo Mínimo Vital y Móvil (Resolución 2/2011 BO 30/08/11 Nº3223)

A partir del 1/09/11 $ 2.300 por mes y $ 11,50 por hora.

6)

Asignaciones familiares

 

 

 

A partir del 1º de julio de 2010 la Administración Nacional de la Seguridad Social liquidará en forma directa las Asignaciones Familiares de los trabajadores. De esta forma, el Estado Nacional efectúa los controles sobre las asignaciones familiares de los trabajadores y quita a los empleadores la carga financiera a través del pago anticipado del beneficio.

7)

Feriados de junio (1)

Miércoles 20 por la conmemoración del paso a la inmortalidad del General D. Manuel Belgrano.

8)

Doble indemnización

(Dto 1224/2007 BO 11/9/07)

Se derogó la doble indemnización por el Decreto 1224/2007 publicado en Boletín Oficial Nº 31.136 el 11 de septiembre de 2007.

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