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Eduardo Machiavelli, secretario de Gestión Comunal y Atención Ciudadana de la CABA.

Eduardo Machiavelli, secretario de Gestión Comunal y Atención Ciudadana de la CABA.

Programa Expensas Claras

¡¡¡ La resolución de Macchiavelli ya fue publicada !!!

[BPN-19/10/12] El jueves 18, pasado el mediodía, fue publicada en el Boletín Oficial de la CABA la Resolución Nº 408, firmada por Eduardo Machiavelli, que obliga a los administradores en su artículo 2º a "enviar vía correo electrónico a los copropietarios, las liquidaciones de expensas en formato digital, efectuadas en conformidad con lo previsto en el artículo 1° de la presente, acompañando la digitalización de todos los comprobantes respaldatorios". Pequeñas Noticias ya había adelantado el contenido de esta resolución el pasado 26 de septiembre en su boletín Nº 473: "Digitalización macchiavellica".

Establece, por otra parte, en el artículo 3º que "los administradores de consorcios deberán extender los recibos de pago de expensas según las pautas establecidas en el modelo único digital de recibo de pago, conforme el Anexo II que forma parte integrante de la presente".

Para que los administradores de consorcios "adecúen la liquidación de expensas y la emisión de los recibos de pagos digitales conforme el procedimiento previsto" les concedió "60 días desde la publicación de la presente" lo que pone el vencimiento el 18 de diciembre, 6 días antes de la Nochebuena.

En otro orden de cosas, Macchiavelli resolvió también que "todos los ingresos y/o egresos del consorcio deberán efectuarse en forma bancarizada, a través de las cuentas bancarias que posea el consorcio".

Y por último, facultó a la "Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor a realizar acciones y medidas que fomenten una relación racional y adecuada entre el consorcista, el consejo de administración y el administrador de consorcios".

La Resolución 408 <ver resolución> consta de ocho artículos, de los cuales uno es de forma, y dos anexos <ver anexos> . Fue firmada el pasado 18 de septiembre por el secretario de Gestión Comunal y Atención Ciudadana de la CABA, Eduardo Machiavelli, superior de Juan Manuel Gallo, director general de Defensa y Protección del Consumidor.

Las críticas de...

Tanto propietarios como administradores hicieron llegar a este medio numerosas críticas a la resolución. Pequeñas Noticias las ordenó según la fuente:

...los propietarios

Aquellos que no dispongan de una computadora y cuenten con una posición económica que les permita adquirirla deberán aprender a manejar, como mínimo, un navegador y un programa de administración de correo electrónico. Si desea imprimir esas expensas para conservar un comprobante válido tendrá que disponer también de una impresora. Deberá contratar, además una conexión a Internet con el consiguiente incremento en sus costos mensuales.

La gente mayor que no esté en condiciones de aprender a utilizar las nuevas tecnologías informáticas deberán depender de un tercero -que puede ser un familiar, un amigo o un conocido- para informarse sobre sus obligaciones económicas mensuales con el consorcio.

Aquellos que no cuenten con una disponibilidad económica para comprar una computadora deberán consultar sus expensas en un locutorio abonando el tiempo de uso de la máquina y el costo de las impresiones correspondientes.

Todos los consorcistas, aún aquellos que están familiarizados con estas tecnologías deberán afrontar el costo que surja del cumplimiento –por parte de los administradores- de la nueva Resolución 408/12.

...los administradores

Aquellos que liquidan con un sistema desarrollado por la misma oficina deberán realizar modificaciones sustanciales para poder estar en condiciones de despachar las liquidaciones en forma personalizada, propietario por propietario con un adjunto que contendrá todos los movimientos del mes.

Aquellos que liquidan con programas del estilo de una planilla de cálculo para abaratar costos a sus administrados deberán inexorablemente tercerizar el servicio y trasladar su costo a las expensas mensuales del consorcio.

Aquellos que administran su propio consorcio en forma no onerosa –al no estar excluidos por la resolución de Macchiavelli- deberán contratar una empresa informática que les realice la tarea y prorratear sus costos entre los copropietariosEnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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