Juan Manuel
Gallo: "Corresponde continuar analizando y estudiando la
viabilidad de los elementos exigidos". |
Consorcios
de la CABA
Desenmascarados
[BPN-23/01/12]
El Dr. Juan Manuel Gallo, director general de Defensa y
Protección del Consumidor (DGDyPC) de la CABA, derogó la
disposición que obligó a los consorcios a proveer de una máscara de
humo a sus encargados. Literalmente estableció que se
"suspende" la Disposición 2246/DGDYPC/2011 que había
establecido "la obligatoriedad en todos los edificios de la Ciudad de
Buenos Aires de contar para el personal que presta servicios en ellos,
-encargados, personal de seguridad, auxiliares- con elementos de
protección personal contra incendios, específicamente con máscaras de
escape y protección respiratoria". Esta medida la tomó mediante la
Disposición 11/13 que fue firmada el 9 de enero y publicada en el
Boletín Oficial (BO) Nº 4073 el día 14 de enero.
Es
de destacar que, si bien en el mercado se ofrecían dos máscaras de
escape -Sarg y Debra- en los considerandos de la norma el
Dr. Gallo mencionó sólo a Debra F4. Sobre ella puntualizó que fue
autorizada mediante la Disposición 2/DGDYPC/2012 aunque también Sarg se
presenta en su sitio Web como un producto homologado por el Laboratorio
de Ensayo de Materiales de la CABA y que cumple con la Disposición
2246/11.
¿Por
qué la derogó?
En
los considerandos de la norma que derogó la obligación, Gallo argumentó
que "si bien la seguridad y protección del personal del consorcio es
un deber fundamental de esta repartición, corresponde continuar
analizando y estudiando la viabilidad de los elementos exigidos a efectos
de lograr una eficaz y eficiente protección de las personas".
Por
otra parte agregó que "en caso de incendio, es necesario determinar
el rol que puede llegar a cumplir el personal que presta servicios en los
consorcios a efectos de evaluar las medidas de seguridad pertinentes, sin
interferir con un eventual procedimiento de rescate […y que…] en este
sentido es necesario efectuar un adecuado relevamiento de todos los
elementos de seguridad que permitan salvaguardar la integridad del
personal del consorcio".
Por
último, resumió que se suspenderá la norma "hasta tanto se
determine con exactitud los elementos de protección personal que mejor
puedan cumplir la función de protección sin interferir con un eventual
procedimiento de rescate".
¿Por
qué la había creado?
En
julio de 2011 el director general había establecido mediante la
Resolución 2.246 que todos los consorcios debían contar con una
"máscara de escape y protección respiratoria" para los
encargados y "todos los que presten servicios en ellos".
En
ese momento había argumentado en favor de esa medida que "se ha
detectado que nada se ha regulado en materia del equipamiento y elementos
de protección personal que deberían existir en los edificios de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, tales como máscaras de escape y
protección respiratoria", y que por esta razón "aparece como
evidente que el personal que presta servicios en el edificio, tales como,
entre otros, encargados, guardias de seguridad, auxiliares, deberían
tener disponibles los elementos de protección personal para el caso de
declaración de un incendio".
Explicó
también que el Sindicato Único de Trabajadores de Edificios de Renta
y Horizontal (SUTERH), en 2001 había cursado una nota a la
DGDyPC en la cual manifestaba su preocupación por la falta de elementos
de protección en los edificios y le solicitaba su intervención para
conseguir revertir esta situación de indefensión, sugiriendo la
incorporación obligatoria de máscaras de escape y protección
respiratoria a ser instaladas en los edificios de propiedad horizontal, ya
que, según manifiestaron, los encargados de edificios son los primeros
que concurren en auxilio de los habitantes del consorcio, con el
consiguiente riesgo de vida que ello implica.
En
la Disposición 2246/11, publicada en el BO el día 26 de julio de ese
año, sostuvo que esa inquietud resultaba "evidente" y que él
debía garantizarles la protección adecuada
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