'

Curso de sueldos para Propiedad Horizontal

La herramienta exacta: Este mensaje se lee 60 mil veces por mes !!!


María Fabiana Lizarralde.

María Fabiana Lizarralde.

Sueldos Febrero/13

Febrero: carnaval, nuevo feriado y actualización del SMVM

[BPN-20/02/13] En los haberes correspondientes al mes de febrero, se deberá abonar la tercera cuota de $500 que acordó el sector de la propiedad horizontal según la Disposición 557/2012. Esta norma se publicó en el Boletín Oficial (BO) del pasado 7 de enero.

Al igual que el primero del año, el mes del carnaval también viene con un nuevo feriado: el 20 de febrero. Al respecto, el artículo 1º de la Ley 26837 publicada el pasado 16 de enero dice: "Desígnase el día 20 de febrero de 2013, Día de la Batalla de Salta, como feriado extraordinario en todo el territorio nacional".

Con respecto al Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) a partir del 1º de febrero el importe mensual pasará a $2875 y el valor de la hora será de $14.38. Así lo dispuso la Resolución 02/2012 publicada en el BO el 30 de agosto de 2012.

Recordamos que los trabajadores del sector de la propiedad horizontal lograron un aumento de $2000 no remunerativos que se debe abonar en 4 cuotas de $500 para aquellos mensualizados de 8 horas y para el resto en forma proporcional. Este importe no remunerativo, se debe informar a la AFIP mediante el aplicativo "Declaración Jurada informativa de conceptos no remunerativos (DJNR) RG 3279" mensualmente, la cantidad de trabajadores que lo reciben y el importe total.

Febrero 2013

1)

Escala salarial vigente

(Res 222-223-224/2011 BO 12/04/2011 Nº 32128)

Junio 2012 + Suma no Remunerativa (Disp.557/2012)

3)

FATERYH

(CCT 378/04 - Art. 27 + Homolog. 106/09)

1% de aportes para trabajadores

2,5% de contribuciones para el empleador.

4)

Aporte Jubilatorio:

(Dto. 22/2007 – BO 24/1/2007)

11%

5)

Sueldo Mínimo Vital y Móvil (Resolución 2/2012 BO 30/08/12)

A partir del 1/09/12 $ 2670 por mes y $ 13,35 por hora

A partir del 1/02/13 $ 2875 por mes y $ 14,38 por hora

6)

Asignaciones familiares

 

 

 

 

A partir del 1º de julio de 2010 la Administración Nacional de la Seguridad Social liquidará en forma directa las Asignaciones Familiares de los trabajadores. De esta forma, el Estado Nacional efectúa los controles sobre las asignaciones familiares de los trabajadores y quita a los empleadores la carga financiera a través del pago anticipado del beneficio.

7)

Feriados de Febrero (3)

Lunes 11 y martes 12 de Carnaval y el miércoles 20 por la conmemoración del Bicentenario de la Batalla de Salta.

8)

Doble indemnización

(Dto 1224/2007 BO 11/9/07)

Se derogó la doble indemnización por el Decreto 1224/2007 publicado en Boletín Oficial Nº 31.136 el 11 de septiembre de 2007.

10)

Formulario 931

(Res. 2407/08 y Dto. 1448/08)

Según la cantidad de empleados, se debe utilizar el aplicativo "Su Declaración On Line" o la versión vigente del SICOSS.

Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

La Herramienta exacta y la más conveniente para difundir sus productos y servicios

Grupo de Pequeñas Noticias en Facebook

Compartir:



    

 Pequeñas Noticias en las redes sociales con toda la actualidad: Twitter - Grupo de Facebook - Noticias en Facebook - Google +


[ El contenido de este sitio -escrito, fotogáfico y artístico- está protegido por las leyes vigentes de propiedad intelectual - Queda prohibida su reproducción total o parcial -por el medio que sea- sin autorización escrita de Pequeñas Noticias ]

' ' '