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Curso del SERACARH Si no está conforme le devolvemos su dinero [BPN-06/11/13] Casi el 92% de los encuestados por AIPH (Asociación Civil de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal) consideró que si se deroga el curso del SERACARH, se debe devolver a los consorcios el dinero cobrado y el 60% consideró que se deben levantar las sanciones por el incumplimiento de la Disposición 1.698 que lo impuso. Ante la pregunta "Si obligaran a derogar la disposición sobre el curso anual obligatoria del SERACARH, ¿Ud. qué propondría?", el 53,2% de los encuestados propuso que se devuelva el dinero cobrado y se levanten las sanciones por su incumplimiento. Un 38,5% consideró que sólo se debe devolver el dinero mientras que el 6,8% estuvo de acuerdo en que únicamente se levanten las sanciones. El 1,1% no está de acuerdo en que se derogue y un 0,3% no tuvo una opinión formada sobre el tema. Si se suman todos los que estuvieron de acuerdo con la devolución del dinero, se llega a un contundente 91,7% (53.2% + 38,5% = 91.7%). Por otra parte se puede afirmar que quienes están de acuerdo con la anulación de las sanciones es el 60% de los encuestados (53,2% + 6.8% = 60%). Ambos porcentajes no suman un 100% porque se tomó en cuenta al 53,2% que votó ambas opciones. Los fríos números La encuesta se realizó en el sitio Web de la institución durante todo un mes -entre el 1º de octubre a las 07:43 horas y el 1º de noviembre a las 12:25- y participaron en total 994 personas. Del total, 529 encuestados propuso que se devuelva el dinero y se levanten las sanciones, 383 plantearon que únicamente se devuelva el dinero, mientras que 68 personas consideraron que sólo se deben dejar sin efecto las sanciones por el incumplimiento de la disposición. Llamó la atención que sólo 11 personas estuvieron en desacuerdo que se derogue la disposición mientras que 3 personas respondieron que no tenían una opinión formada al respecto. Los dictámenes Es de recordar que tanto la Procuración General de la CABA como la Defensoría del Pueblo porteña se expidieron en contra del curso obligatorio anual que deben realizar los encargados en el SERACARH. El pasado 5 de agosto, a pedido de la Defensoría del Pueblo, el procurador general porteño, Julio Marcelo Conte Grand, dictaminó que la Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor de la CABA "no posee competencia para emitir actos administrativos como la Disposición Nº 1698/DGDYPC/12" [BPN Nº 503 del 11/09/13: "La procuración se expidió contra el curso del SERACARH"]. Un mes después, el 5 de septiembre, la defensora del pueblo, Dra. Alicia Pierini, reiteró su recomendación de derogar definitivamente la disposición teniendo en cuenta el "contundente y decisivo" dictamen jurídico del procurador general y también le solicitó a Conte Grand que inicie sumario administrativo para que se determinen responsabilidades por el dictado de esta disposición [BPN Nº 505 del 02/10/13: "Sumario administrativo por el curso del SERACARH"]. La Disposición 1698 Fue ordenada el 23 de agosto de 2012 (BO: 28/08/12) e instauró la obligación de los encargados de concurrir anualmente a una capacitación que brinda el SERACARH sobre "mantenimiento, conservación, prevención, higiene y seguridad contra incendios" y estableció su sanción: "el incumplimiento de lo prescripto en el artículo precedente, será pasible de las sanciones previstas en el artículo 15º de la ley 941" [BPN Nº 490 del 27/03/13: "Nueva ofensiva judicial contra disposiciones de Gallo"]. El costo del curso es de 500 pesos y tanto a fin de año pasado -por primera vez- como a principio de este estuvo abierta la inscripción. Si se tiene en cuenta que en propiedad horizontal trabajan alrededor de 90 mil encargados, el valor total anual recaudado ascendería a unos 45 millones de pesos ($500x90.000=$45.000.000). Sin embargo, es de aclarar que no todos los trabajadores debieron realizarlo ya que las funciones de los encargados "jornalizados", los "suplentes", los de "vigilancia" y los "guardacoches" quedaron exceptuados [BPN Nº 505 del 02/10/13: "Sumario administrativo por el curso del SERACARH"]. ¿Qué es el SERACARH? El SERACARH se creó el 16 de abril de 2009 con la firma de los Convenios Colectivos de Trabajo N° 589/10 y 590/10 con el objetivo de "brindar a los trabajadores y empleadores un espacio imparcial, que posibilite la negociación de sus respectivos intereses". Este organismo está sostenido por la contribución del 0,5% de los empleadores (los consorcios) calculado sobre el salario bruto del total de los trabajadores del sector. Está compuesto por seis integrantes: tres por la parte sindical y otros tres por la parte empleadora, más dos suplentes, uno por cada parte. Por el sector trabajador lo representan un integrante del SUTERH de la Ciudad de Buenos Aires y el Gran Buenos Aires y dos de FATERyH. Mientras que el sector empleador está representado por tres entidades de administradores: la CAPHyAI, el AIERH y la UADI, que tienen un delegado cada uno --- SERACARH: Servicio de Resolución Adecuada de Conflictos para la Actividad de Rentas y Horizontal. |
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