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Sueldos Julio/2017 Homologación: Tarde :( pero seguro :) A pesar del petitorio presentado por tres entidades de consorcistas, el pasado 13 de julio se homologó el aumento para los trabajadores bajo el régimen de la propiedad horizontal de un 10% para el mes de junio y otro 11% para el sueldo de agosto Si bien el SUTERH ya publicó la escala de junio, la de agosto todavía no la dio a conocer. [BPN-24/07/17] El pasado 13 julio de 2017 se homologó el aumento logrado por el sector de la propiedad horizontal de un 21% en dos tramos: un 10% para el mes de junio de 2017 y un 11% para el mes de agosto de 2017. En este caso los porcentajes no se sumarán y la ratificación del acuerdo así lo establece explícitamente: "las partes comparecientes manifiestan que vienen a aclarar que el porcentaje de aumento pactado en las escalas salariales dispuesto en el punto 1º del acuerdo de fojas 2 implica un total del 21% no acumulativo, pagadero un 10% a partir del 1 de junio de 2017 y el porcentaje restante para completar el total del 21%, a partir del 1 de agosto". Es de resaltar que la homologación del acuerdo se produjo a pesar de que el 23 de junio, tres entidades de consorcistas presentaron un petitorio en el Ministerio de Trabajo para que suspenda toda reunión o concertación de las tres entidades de administradores que negocian paritarias con el gremio [1] hasta que se expida en forma expresa y con carácter de urgente sobre el encuadre sindical que corresponde asignar al sector empleador. Los abogados patrocinantes de esa actuación administrativa fueron los abogados Jorge Resqui Pizarro, Nora Leseduarte, Ricardo Geler y Sergio Abrevaya. Cronos 1.- El 16 de junio de 2017 a las 11:30 horas se firma el acuerdo otorgando un 21% de aumento en dos tramos: un 10% en junio y un 11% en agosto [BPN Nº 607 del 22/06/17: "Se habría firmado un acuerdo por el 21%"]. 2.- El 23 de junio, ADEPROH [2], FeDeCo [3] y UCRA [4] presentaron el mencionado petitorio para que el ministro se abstenga de homologar el convenio hasta que se expida sobre la validez de la participación de las entidades de administradores en las negociaciones paritarias y evalúe la posible inclusión de -por lo menos dos- entidades de consorcistas [BPN Nº 608 del 11/07/17: "Suspenda toda reunión o concertación con el gremio"]. 3.- El 29 de junio se ratifica el acuerdo y se resalta que la suma de los tramos del aumento no podrá superar el 21%. 4.- El 13 de julio la subsecretaria de Relaciones Laborales del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, Silvia Julia Squire, firma homologación del acuerdo bajo el número de disposición 63/17. 5.- El 17 de julio el Lic. Jorge Alejandro Insua, funcionario del Departamento de Coordinación del Registro de Convenios Colectivos lo registra bajo el número 709/17. Sueldos En principio, el sitio web del sindicato publicó los valores de la nueva escala salarial para los haberes del mes de junio/2017 con centavos y luego de un par de días publicó una nueva escala sin centavos que es la que perdura hasta el día de hoy. En muchos casos, tanto los recibos de haberes del mes de junio como el 1º Sueldo Anual Complementario (SAC) del año, se confeccionaron con la escala vigente hasta ese entonces –la del mes diciembre de 2016- por lo cual habrá que ajustar tanto el sueldo como el SAC si correspondiera. Aquellos que calcularon el 10% de aumento o trabajaron con la escala publicada anteriormente a la homologación tendrán que revisar si no hubo alguna pequeña modificación a tener en cuenta. Si se comparan los importes de la escala salarial que estaba vigente desde el mes de diciembre/2016 con la nueva de junio/2017, los valores aumentaron casi un exacto 10% que en algunos casos fue del 10.01% y en otros del 9.99%. Si analizamos los valores de los adicionales los porcentajes son parecidos: rondan entre el 9.96% (Valor vivienda y el movimiento de coches) y el 10.05% (plus por antigüedad del 1% Res.106/09). Escala salarial JUNIO/2017: 10%
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A tener en cuenta a la hora de liquidar
--- [1] AIERH (Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal), CAPHyAI (Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias) y UADI (Unión Administradores de Inmuebles). [2] ADEPROH: Asociación Civil de Defensa al Consumidor de Bienes y Servicios para la Propiedad Horizontal RA. [3] FeDeCo: Federación de Asociaciones de Consorcios. [4] UCRA: Unión de Consorcistas de la República Argentina. |
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