|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Sueldos Octubre/2017 Dos feriados para tener en cuenta [BPN-20/10/17] El 2 de octubre de cada año es el día del Trabajador de Propiedad Horizontal y así surge del artículo 13º del Convenio Colectivo de Trabajo 589/2010: "Se establece el día 2 de octubre de cada año como el Día del/la Trabajador/a de Propiedad Horizontal. Dicho día el personal estará franco total de servicio; de trabajarlo deberá ser abonado independientemente como feriado. Todos los años la consulta es la misma: ¿cómo se abona el 2 de octubre? Y la respuesta está en el mismo artículo: si lo trabaja, deberá ser abonado independientemente como un feriado, o sea al 100%. Si no lo trabaja, no se debe descontar ya que se equipara a cualquier otro día feriado. Otro feriado que trajo consigo el mes de octubre fue el día 12 conocido hace tiempo atrás como el "Día de la Raza" pero que ahora se denomina "Día del Respeto a la Diversidad Cultural" y que se hizo efectivo el pasado lunes 16. Para confeccionar el recibo de haberes, solo hay que tener en cuenta quiénes trabajaron los feriados para abonarlos como corresponde, la escala sigue siendo la misma y por ahora no hay novedades que plasmar en el recibo. A tener en cuenta a la hora de liquidar
|
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
Pequeñas Noticias en las redes sociales con toda la actualidad: Twitter - Grupo de Facebook - Noticias en Facebook - Google + |
[ El contenido de este sitio -escrito, fotogáfico y artístico- está protegido por las leyes vigentes de propiedad intelectual - Queda prohibida su reproducción total o parcial -por el medio que sea- sin autorización escrita de Pequeñas Noticias ]
' ' '