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Sueldos Mayo/2018 [BPN-23/05/18] El mes de mayo y el de julio serán meses en los que no hay novedades a tener en cuenta para liquidar los haberes. Para confeccionar los recibos solo habrá que aplicar la escala salarial vigente que es la del mes de abril de 2018. En el resto de los meses, siempre habrá algo que modificar en la confección de los recibos del sector de la propiedad horizontal: En junio se deberán pagar $2.000 no remunerativos. En agosto además de abonar la segunda cuota de los $2.000 no remunerativos se incrementa en un 4% la escala salarial de abril 2018. Entra en vigencia la escala de agosto 2018. Está previsto que en septiembre se haga una revisión del convenio para estudiar si corresponden actualizaciones extras. De no existir más novedades, en octubre se deberá abonar la tercera y última cuota de $2.000 no remunerativos. La resolución que estableció estos incrementos y cuotas es la 126/2018 homologada el pasado 21 de marzo. Para tener en cuenta a la hora de liquidar
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