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Sueldos Febrero 2020 Siguiente escalón del ‘Incremento solidario’
[BPN-21/02/20] Los recibos del mes de febrero se deberán confeccionar con la misma escala salarial de diciembre y se mantiene el ítem denominado "Incremento solidario" pero a partir de este mes será de $4.000 para los trabajadores mensualizados de jornada completa, $2.000 para los de media jornada y $20 por hora para los suplentes y jornalizados. Se destaca que este mes los días 24 y 25 de carnaval son feriados nacionales y por lo tanto -de trabajarse- se deben pagar al 100%. Por otra parte, el próximo mes de marzo cambia la escala salarial y habrá que ver cómo jugará el incremento solidario que impuso el Decreto 14/2020. El pasado 30 de julio la Secretaría de Trabajo homologó el acuerdo que otorgó un aumento salarial en tres cuotas: un 9,5% en julio, un 9,5% en noviembre y otro 9.5% en marzo de 2020. Sobre este último aumento, las políticas que debió implementar el presidente de la Nación Alberto Fernández para capear la crisis económica trajeron muchas dudas a pesar de ya haber sido homologado. El "Incremento solidario" y los adicionales del sector Si bien el artículo 2° del Decreto 14/2020 en su inciso b) dice que el incremento solidario "No deberá ser tenido en cuenta para el cálculo de ningún adicional salarial previsto en el convenio colectivo o en el contrato individual de trabajo, en tanto no sea pactado específicamente para este incremento, un criterio distinto mediante negociación colectiva", el pasado 28 de enero, el AIERH (Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal) envió a sus asociados una circular en la que determinaba que los adicionales de enero y febrero debían ser incrementados en el mismo porcentaje que surge del aumento solidario de 3 mil pesos para el primer mes del año y de 4 mil para el segundo [1] No obstante la notificación enviada por AIERH, a la fecha no hay nuevos valores para los adicionales del sector informados por el sindicato. Habrá que estar pendiente de posibles anuncios que puedan modificar los valores de los adicionales para febrero y de ser así, ajustar los correspondientes al mes de enero, de corresponder. Revisar y controlar
Para tener en cuenta a la hora de liquidar
Y ahora, a cargo del empleador
--- [1] BPN Nº 674 del 14/02/20: "Habría habido un acuerdo para incrementar los adicionales". |
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