'

Curso de sueldos para Propiedad Horizontal

Curso/taller de Liquidación de Sueldos General


Registro Público de Administradores porteño

¡Malditas matemáticas!

[BPN-13/03/20] A pesar de las explicaciones, se sigue desconociendo el destino de 267 disposiciones sancionatorias que ordenó La Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor porteño durante el 2018 contra administradores de consorcios por infracciones a la Ley 941. En 2004, esta ley creó un Registro Público de Administradores (RPA) bajo su órbita.

Es de recordar que el pasado 10 de febrero Pequeñas Noticias solicitó a la DGDyPC que explique por qué razón en el 2018 hubo una diferencia tan marcada entre las 479 disposiciones sancionatorias emitidas contra los administradores y las 95 finalmente publicadas en el Boletín Oficial [1].

Cuatro días después la repartición respondió oficialmente a este medio que "las sanciones emitidas contra los administradores de consorcios se publican en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a medida que el acto administrativo queda firme, sea en sede administrativa o judicial".

O sea que se deduce de la respuesta de Defensa del Consumidor que hay 384 disposiciones que no fueron publicadas hasta ahora porque no quedaron firmes en sede administrativa o judicial (479-95=384).

Sin embargo según un relevamiento que realizó la redacción de este medio, en 2018 sólo 121 administradores registrados en el RPA iniciaron 117 causas contra Defensa del Consumidor porteño.

Suponiendo que todas esas demandas se interpusieron para impugnar alguna sanción impuesta por Defensa del Consumidor (in dubio pro reo [2]) quedaron 267 disposiciones sin impugnar y sin publicar en el Boletín Oficial, lo que representa el 56% del total de las penas impuestas.

Denuncias vs. Sanciones

Según datos oficiales, en 2018 se denunciaron 1.314 administradores de consorcios y se dispusieron 479 sanciones.

Cuando un consorcista hace una denuncia, ya sea en forma presencial o por Internet debe llenar un formulario en el que se le pide que tilde exactamente el inciso del artículo de la Ley 941 que se vulneró.

O sea que las denuncias realizadas no pueden haber estado fuera de lugar porque como primer filtro se controló que se trataba de una infracción a la Ley 941. Sin embargo llama la atención que sólo el 36,38% de esas denuncias prosperan en una sanción. ¿Qué pasó con el casi 64% restante?

Es un porcentaje muy alto para pasar desapercibido.

Tampoco pueden haber sido resueltas en una mediación porque la ley es muy clara en su artículo 15º: la Legislatura le definió a la autoridad de aplicación que "son infracciones a la presente Ley" diez causas posibles de una sanción. Para que no queden dudas, el artículo 16º de esa ley le ordenó al Ejecutivo imponer una de las cuatro penas posibles que van desde el apercibimiento hasta la exclusión del Registro. O sea que si hubo una infracción a la Ley 941 debe concluir en una de las cuatro sanciones previstas o un sobreseimiento.

Eso es lo que ordena la ley.

Un mediador podría llegar a recomendar elementos atenuantes o agravantes según el caso pero no puede terminar el expediente en un acuerdo sin sanción o sobreseimiento porque la injuria –en el sentido jurídico de la palabra- se realizó contra la Ley 941 votada por los representantes del pueblo de la CABA y no contra un consorcista o un consorcio determinado.

Llama poderosamente la atención a la redacción de este medio que ningún abogado de las múltiples entidades que defienden los derechos de los consorcistas durante estos últimos años haya hecho algún comentario sobre el tema.

Sanciones vs. Publicaciones

De esas 479 disposiciones sancionatorias –el 36% de las denuncias- finalmente se terminaron publicando en el Boletín Oficial sólo 95. Un 19.87% de las sanciones y un 7,23% del total de las denuncias.

Como ya se explicó, el 24% de las sanciones habría sido judicializado. Serían las 117 causas que abrieron administradores registrados en el RPA en el fuero Contencioso Administrativo y Tributario de la CABA.

Defensa del Consumidor porteño explicó a Pequeñas Noticias que "teniendo en cuenta [...] el principio de inocencia sostenido ampliamente en la doctrina del derecho administrativo sancionador-, es que no todas las disposiciones emitidas se encuentran publicadas.

"Sumado a ello, el relevamiento previo que debe efectuarse respecto a las causas que regresan de la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario, que las notificaciones se encuentren debidamente realizadas, proceder a la registración del antecedente -en cumplimiento con lo establecido por la Ley 941-, entre otras medidas; cuales deben ser llevadas a cabo de modo pormenorizado a los efectos de evitar errores".

Y prometió: "No obstante lo señalado, se hace saber que todas aquellas disposiciones que se encuentren firmes, serán debidamente publicadas; garantizando con ello la debida publicidad indicada por el rito que rige la materia".

Mientras tanto, en la Ciudad de Buenos Aires, durante el 2018 poco más de 7 de cada 100 porteños obtuvieron justicia por su denuncia ante el Registro Público de Administradores

El RPA porteño está coordinado por José Luis Lobisch, depende de Defensa y Protección del Consumidor cuya directora general es Vilma Bouza y cuyo superior es Facundo Carrillo, secretario de Atención y Gestión Ciudadana. Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

---

[1] BPN Nº 674 del 14/02/20: "Denuncias, disposiciones y publicaciones".

[2] In dubio pro reo es una locución latina que expresa el principio jurídico de que en caso de duda, por ejemplo, por insuficiencia probatoria, se favorecerá al imputado o acusado (reo). Es uno de los principios actuales del Derecho penal moderno donde el fiscal o agente estatal equivalente debe probar la culpa del acusado y no este último su inocencia. Podría traducirse como "ante la duda, a favor del reo".

La Herramienta exacta y la más conveniente para difundir sus productos y servicios

La noticias minuto a minuto: Pequeñas Noticias en Twitter

Compartir:



    

 Pequeñas Noticias en las redes sociales con toda la actualidad: Twitter - Grupo de Facebook - Noticias en Facebook - Google +


[ El contenido de este sitio -escrito, fotogáfico y artístico- está protegido por las leyes vigentes de propiedad intelectual - Queda prohibida su reproducción total o parcial -por el medio que sea- sin autorización escrita de Pequeñas Noticias ]

' ' '