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Paritarias 2020/2021

Nuevo acuerdo: 15% en julio, 8% en noviembre y 6% en enero

[BPN-15/08/20] En estos últimos días trascendió que la Federación Argentina de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal (FATERyH) estaría acordando con las tres entidades de administradores que representan a los consorcios [1] un aumento del 29% sobre las escalas salariales de marzo a pagar en tres tramos: un 15% retroactivo a julio, un 8% en noviembre y otro 6% en enero.

El primer aumento del 15% de julio absorbería el "Incremento solidario" que ordenó el Decreto de Necesidad y Urgencia 14/20 del 3 de enero (BO: 4/03/20). Es de recordar que este aumento comenzó con 3 mil pesos en enero y subió a 4 mil desde febrero hasta el pasado mes de junio, momento en que se integrará al nuevo acuerdo si éste se homologa en los términos en que trascendió [2].

Julio/2020

Si el Ministerio de Trabajo de la Nación homologa el acuerdo que se habría firmado el aumento retroactivo de julio del 15% -luego de absorber los 4 mil peses del "Incremento solidario"- habrá sido de un 4,75% con respecto a su mes anterior [3].

En junio pasado el promedio de las escalas salariales fue de 44.889 pesos mensuales para un trabajador de jornada completa mientras que en julio –tras el retiro de los 4 mil pesos y el aumento del 15% sobre la escala de marzo- será de 47.022 pesos mensuales.

Noviembre/2020

Por su parte el aumento de noviembre con respecto a octubre será de 6,96%. Ese mes el promedio de las escalas salariales será de 50.293 pesos mensuales.

Enero/2021

Por último en enero de 2021 el aumento será de un 4,88%. En este caso el promedio de las escalas salariales será de 52.747 pesos mensuales y se mantendrá hasta julio de ese año.

Incremento del 2020

De concretarse este acuerdo, el incremento acumulado anual de los salarios de 2020 será de un 32,82%.

Desde junio/2020 hasta junio/2021

Por su parte si se calcula el aumento desde junio de 2020 hasta el mismo mes del año que viene será del 17,50%

Todos estos datos –recordando el fallido acuerdo de junio pasado- para poder ser tenidos en cuenta a la hora de liquidar sueldos deberán ser oficializados con la homologación del Ministerio de Trabajo, su publicación en el Boletín Oficial o su difusión por las entidades paritarias firmantes Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] La Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal (AIERH), la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI) y la Unión Administradores de Inmuebles (UADI).

[2] BPN Nº 672 del 15/01/20: "Este mes las escalas suben en tres mil y en febrero en mil más".

https://www.pequenasnoticias.com.ar/NovedadesLaborales/NovedadesLaborales_0672d.asp

[3] En todos los casos para comparar las escalas salariales del sector se promediaron las funciones de encargado permanente con y sin vivienda en sus cuatro categorías de cada mes. En octubre y noviembre se sumaron los 2.500 pesos otorgados por el Decreto 665/19. No se tomaron en cuenta la financiación en agosto y septiembre de dos mil pesos de los aportes de los trabajadores cuyo bruto haya sido inferior a los 60 mil pesos que otorgó el Gobierno nacional mediante el Decreto 561/2019. Se sumó el incremento salarial que otorgó el Poder Ejecutivo mediante el Decreto 14/2020 de tres mil pesos para enero y mil pesos más para febrero y meses subsiguientes.

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