Sueldos
Septiembre 2020
Un
mes sin novedades
[BPN-22/09/20]
El recibo del mes de la primavera no tiene novedades que reflejar y sigue
vigente la escala de julio 2020 hasta octubre inclusive.
El
19 de agosto pasado el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad
Social homologó el acuerdo salarial mediante la Resolución Nº
992 que prevé un 8% para noviembre y un 6% para febrero de 2021. Si bien
las escalas salariales para estos meses no se publicaron los porcentajes
de aumento se aplicarían sobre la escala de marzo 2020 y se sumarían a
la anterior correspondiente pero para confirmar eso habrá que esperar.
Septiembre
es uno de los pocos meses del año que no trae consigo feriados, pero hay
3 días no laborables a tener en cuenta para los habitantes que profesen
la religión judía. Esto surge del Art. 2º de la Ley 27.399:
"Establécense como días no laborables para todos los habitantes de
la Nación Argentina que profesen la religión judía los días del Año
Nuevo Judío (Rosh Hashana), dos (2) días, el Día del Perdón (Iom
Kipur), un (1) día, y de la Pascua Judía (Pesaj) los dos (2) primeros
días y los dos (2) últimos días". Este año los dos días de Rosh
Hashana son el sábado 19 y el domingo 20 de septiembre mientras que el
día de Iom Kipur es el lunes 28 de setiembre de 2020.
Revisar
y controlar
Septiembre
2020: Varios |
1) |
Escala
salarial vigente (Homologada
el 19 de agosto de 2020 por el Ministerio de Trabajo) |
Julio
de 2020 |
2) |
Incremento
solidario (Dto.
14/2020) |
Desaparece
por ser incorporado en nueva escala Julio 2020 |
3) |
Sueldo
Mínimo Vital y Móvil
(Resolución
6/2019) |
*
A partir del 1/08/19 $14.125 por mes y $70,62 por hora.
*
A partir del 1/09/19 $15.625 por mes y $78,12 por hora.
*
A partir del 1/10/19 $16.875 por mes y $84,37 por hora. |
4) |
Asignaciones
familiares |
A
partir del 1º de julio de 2010 la Administración Nacional de
la Seguridad Social liquidará en forma directa las
Asignaciones Familiares de los trabajadores. De esta forma, el
Estado Nacional efectúa los controles sobre las asignaciones
familiares de los trabajadores y quita a los empleadores la carga
financiera a través del pago anticipado del beneficio. |
5) |
Feriados de
septiembre: - |
No
hay |
6) |
Días
no laborables de
Septiembre: 3 |
Para
todos los habitantes de la Nación Argentina que profesen la
religión judía: Por Rosh Hashana el sábado 19 y el domingo 20 de
septiembre. Por el día de Iom Kipur el lunes 28. |
7) |
Formulario
931
(Res. 2407/08 y Dto.
1448/08) |
Según
la cantidad de empleados, se debe utilizar el aplicativo
"Declaración en línea" o la versión vigente del SICOSS. |
Para
tener en cuenta a la hora de liquidar
Septiembre
2020: Sueldos (Aportes del empleado 21.75%) |
1) |
Aporte
Jubilatorio: (Dto. 22/2007 – BO 24/1/2007) |
11% |
2) |
INSSJP
(Ley 19032) |
3% |
3) |
Aporte
sindical |
2% |
4) |
Aporte
Obra social (Obra Social 2.55% + ANSSAL 0.45%) |
3% |
5) |
Caja
de Protección a la familia |
1% |
6) |
Fondo
para la Maternidad, Vida, Desempleo y Discapacidad (FMVDD) |
1% |
7) |
Seguro
Vitalicio (Artículo 27º bis CCT 589/10) |
0.75% |
Y
ahora, a cargo del empleador
Agosto
2020: Sueldos (Contribuciones) – Contribuciones
Seguridad Social = 18% |
1) |
Jubilación |
10,77% |
2) |
Ley
19032 / INSSJP |
1,58% |
3) |
Obra
Social + ANSSAL |
6,00% |
4) |
FNE |
0,95% |
5) |
Asignaciones
Familiares |
4,70% |
6) |
CPF
(Boletas del sindicato) |
1,50% |
7) |
FMVDD
(Boletas del sindicato) |
4,00% |
8) |
Contribución
Solidaria OS CCT 589/10 (Boletas sindicato) |
$250,00 |
9) |
SERACARH
(Boletas del sindicato) |
0,5% |
10) |
Seguro
Vitalicio (Art.27º bis CCT 589/10) |
0.75% |
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