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Novedades Fiscales


Dr. Alberto Abad, titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos.

Dr. Alberto Abad, titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos.

AFIP

Expensas superiores a los $600

La Administración Federal de Ingresos Públicos modificó la Resolución 2159 y a partir de esta medida los administradores deberán informar datos sólo de los propietarios que paguen expensas semestrales iguales o mayores a 3600 pesos y no a 2400 Será para departamentos de más de 100 metros cuadrados y -en los countries- para quienes posean terrenos de más de 400 metros cuadrados.

[BPN-28/02/07] La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) modificó la Resolución 2.159 que obligaba a los administradores de consorcios a informar datos de propietarios de ciertos inmuebles. A partir de esta medida, sólo deberán notificar información de aquellos que tengan departamentos de 100 metros cuadrados o más y paguen expensas que en forma semestral sumen 3600 pesos o más y de quienes posean terrenos de 400 metros cuadrados o más en un country y paguen el mismo nivel de gastos comunes.

La Resolución 2159 fue modificada por la 2207, publicada en el Boletín Oficial el 22 de febrero. Recordemos que antes de este cambio, los administradores debían informar los datos de los propietarios que pagan semestralmente 2400 pesos, un promedio de 400 pesos mensuales.

Otra modificación es respecto a la identificación del "administrador"; si los consorcios son "auto administrados" también se deberán informar todos los datos de la persona que administra, con  su CUIT, CUIL, CDI, Documento Nacional de Identidad o -en caso de ser necesario- pasaporte.

"No nos interesa saber los datos de alguien que tiene un dos ambientes en Almagro, queremos ver el comportamiento fiscal de los sectores de mayores ingresos", explicaron ante medios de prensa las autoridades de la AFIP y subrayaron: "no nos metemos en la intimidad de nadie, los datos que pedimos son los mismos que se piden si se hace una compra con tarjeta de crédito: el número de DNI y el domicilio".

¡¡¡ ULTIMO MOMENTO !!!

Cra. Viviana Grinberg.

Cra. Viviana Grinberg.

AFIP: Resolución 2159

Algo de alivio a último momento por la Cra. Viviana Grinberg

La AFIP publicó una Nota Externa aclarando que será suficiente que los administradores informen los datos que posean De esta forma se elimina para los administradores el riesgo de aportar información falsa a la obligación impuesta por la AFIP de notificar sobre los propietarios que pagan 3600 pesos o más de expensas semestrales y posean una unidad de 100 m² o más.

En el Boletín Oficial de hoy, 28 de febrero, se publicó la NOTA EXTERNA (AFIP) 2/2007, a través de la cual se efectúan precisiones con relación a la información que deben suministrar algunos administradores en el marco de la Resolución General 2159.

Al respecto, se aclara que resulta suficiente que la información referida a los datos identificatorios del propietario o de otros sujetos cuyos datos deben ser informados, sea la que dispongan los administradores para el cumplimiento de sus funciones específicas, o la que surja de una manifestación escrita que les sea presentada.

Esta aclaración es de gran utilidad, ya que una de las preocupaciones de los administradores era que muchas veces los propietarios no suministran los datos para actualizar el Registro de Propietarios y menos aún informan los datos de los locatarios de sus unidades, con lo que la titularidad existente en el detalle de expensas no siempre es fiel reflejo de la realidad.

Así, se ha eliminado el riesgo de aportar información falsa.

Aunque la Resolución 2159 es de noviembre de 2006, la polémica comenzó cuando los administradores aseguraron que, en muchos casos, no sólo no cuentan con esa información sino que tampoco tienen las facultades necesarias para exigírsela a los consorcistas.

Los datos que deberán brindar a la AFIP incluyen: nombre y apellido o razón social (en caso de que sea una empresa) de los propietarios o inquilinos del inmueble, número de CUIT, CUIL o DNI, superficie cubierta, importe de expensas que se aplicó en los últimos seis meses y montos que abonó el propietario durante ese período.

Por otra parte, según un matutino porteño, la AFIP eliminó uno de los artículos que establecía que debían informarse los nombres de los ocupantes de la vivienda, aún cuando no fueran inquilinos ni propietarios.

¿Y los propietarios que no pagan?

El presidente de la Fundación Liga del Consorcista, Dr. Osvaldo Loisi, advirtió a Pequeñas Noticias –en una entrevista telefónica- que la AFIP también quiere saber quiénes deben expensas. "Esto es una perla que en realidad pasó desapercibida cuando salió la norma. Pero es sumamente importante darla a conocer", subrayó el Dr. Loisi <ver gacetilla de prensa>.

El texto expreso de la mencionada norma dice: "el régimen de información que se establece por la presente, comprende, entre otros, los datos que se detallan … A) la totalidad de los importes en concepto de expensas o contribuciones para gastos —comunes o extraordinarios por cualquier concepto... que en cada semestre calendario… hubieran sido: determinados, para cada propietario o sujeto obligado —directa o indirectamente— a su pago y, en su caso, pagados".

En este sentido, el Dr. Loisi solicitó a las autoridades de este organismo que eliminen la exigencia "notoriamente improcedente contenida en el Art. 2 Inc. A de la Resolución General 2159 que establece para los administradores de consorcios la obligación de denunciar ante AFIP a los consorcistas morosos".

Según él, "no creemos que sea de incumbencia de la AFIP tomar conocimiento de las deudas por expensas que los propietarios afectados pudieran tener en sus edificios, ni podemos vislumbrar cuál sea su interés al respecto".Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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