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Novedades Fiscales


El Dr. Héctor Raúl Sandler, el Dr. Marcos Bergenfeld y la Sra. Alicia Gimenez.

El Dr. Héctor Raúl Sandler, el Dr. Marcos Bergenfeld y la Sra. Alicia Gimenez.

AFIP: Resolución 2159

"Los consorcistas no deben informar"

El ex diputado nacional Dr. Héctor Sandler subrayó que las leyes inconstitucionales no deben ser cumplidas y que por este motivo los consorcistas no deben darle información a los administradores para que cumplan con la Resolución 2159 que dispuso la AFIP Consideró que los propietarios tienen que decidir por asamblea si quieren dar los datos que exige la disposición.

[BPN-24/04/07] "La primer medida contra una mala ley es no cumplirla y la segunda es presentar recursos de amparos y recurrir a la Justicia. En el estudio que yo hice sobre la Resolución 2159 que dispuso la AFIP, mi consejo es que las leyes inconstitucionales no deben ser cumplidas y que simplemente los consorcistas no deben enviar ningún informe", destacó el ex diputado de la Nación y profesor de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (UBA), Dr. Héctor Raúl Sandler.

Así lo manifestó en la segunda conferencia que organizaron el Centro de Gestión y Participación Comunal Nº 7 y Pequeñas Noticias, el pasado lunes 16 de abril, que trató sobre las "Acciones contra la Resolución 2159/ AFIP" y en la que también disertaron el presidente y vicepresidenta de la Federación Argentina de Consorcios (FAC), Dr. Marcos Bergenfeld y Alicia Giménez.

El presidente de la FAC señaló que están esperando una respuesta de la AFIP a los dos recursos administrativos que hicieron y que de vencerse los plazos, si no reciben una respuesta positiva, entrarían en la vía judicial.

Adm. Sandra OteroAdm. Sandra Otero

Una obligación legal

La Adm. Sandra Otero, a la hora de las preguntas, destacó que ella estaba participando del encuentro porque le interesó el tema pero dirigiéndose al Dr. Sandler expresó: "estoy totalmente anonadada de lo que acabo de escuchar. La resolución impone a los administradores este cumplimiento. Estoy de acuerdo en que yo no debo ser ‘alcahuete’ de nadie y esa es mi posición, pero es mi obligación cumplir con las leyes".

Explicó a los propietarios presentes que, como administradora, no puede hacerse cargo de las pesadas multas que puede recibir si no informa los datos que impone la Resolución 2159 y que lo que hizo fue intimar por carta documento a los consorcistas que no querían dar los datos: "si no me contestan yo le informo a la AFIP que no tengo datos, pero la presentación es mi obligación hacerla".

Explicó que si bien no se puede cuestionar el derecho que tiene la AFIP para hacer que los ciudadanos no evadan impuestos y cumplan con la ley, la Resolución 2159 implica "un claro avance sobre los derechos de los propietarios y a lo que vamos a tratar de poner un freno".

Según él, la cantidad de familias que pagan más de 600 pesos de expensas están estimadas en un 10 y 15%: "la AFIP quiere saber cómo se componen esos gastos y eso no le puede interesar... estamos pretendiendo frenar este avance, si no lo logramos a través de la persuasión -porque se han presentado dos escritos- lo vamos a hacer ante la Justicia".

Por otra parte, consideró que los administradores son empleados de los propietarios y que "no pueden dar cuenta de las intimidades de la gente" y que justamente por este motivo se van a negar a darles información bajo cualquier concepto: "el que la quiera dar que la de, pero nosotros no los apoyamos".

Por su parte, la vicepresidenta de la FAC argumentó que los propietarios no están obligados a dar al administrador ningún dato fiscal "ya que no es el representante legal de ningún copropietario sino el mandatario de estos cuando constituyen el consorcio".

Resolverlo por asamblea

En principio, el Dr. Sandler advirtió que sería causa de remoción si un consorcio resolviera en asamblea no elevar ningún informe y a pesar de eso el administrador lo presentara. Explicó que los consorcistas son los que tienen que decidir si quieren informar o no a la AFIP y sugirió que en la medida de lo posible debe ser a partir de una decisión conjunta.

Consideró que esta Resolución se debería impugnar porque demanda a los administradores y a los consorcistas declarar una serie de actos de la vida particular e íntima de cada uno.

Argumentó que el artículo 19 de la Constitución Nacional establece que las acciones privadas de los hombres quedan exentas de la autoridad de los magistrados. "Lo que hice en mi trabajo es tomar la Constitución Nacional porque la tengo como primera norma, es la Biblia de mi religión política", sostuvo el Dr. Sandler.Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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