Novedades Fiscales |
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Régimen de Información de Locaciones para Inmuebles Urbanos [BPN-19/06/15] El pasado jueves 11 de junio, la AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos) dejó sin efecto el Régimen de Información de Locaciones para Inmuebles Urbanos como consecuencia de la generalización de la factura electrónica. Así lo estableció el fisco mediante el artículo 14º de la Resolución 3.779 firmada por Ricardo Echegaray, titular del ente recaudador. La norma que consta de 17 artículos de los cuales uno es de forma, fue publicada en el Boletín Oficial el pasado viernes 12 de junio.
Es de recordar que el Régimen de Información de Locaciones para Inmuebles Urbanos fue dispuesto por la Resolución General 2.820 (BO: 05/05/10). En esa oportunidad, la norma había establecido que aquellos propietarios que obtengan rentas brutas por más de 8 mil pesos mensuales (ya sea por el alquiler de uno o más inmuebles en conjunto) debían cumplir con este régimen y registrar los datos de los alquileres en el sitio Web de la AFIP. En esa oportunidad instauró que cada año tenían que presentar una Declaración Jurada anual con el resumen de los movimientos del período. Cabe remarcar que -hasta la actualidad- la entrada en vigencia de dicho régimen fue prorrogada en seis oportunidades. La última prórroga fue dispuesta por la Resolución General 3.704 (BO: 25/02/15) que extendió el plazo hasta el primero de julio de este año |
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