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Sueldos Junio de 2021 Junio con SAC y sin otras novedades, pero agosto… [BPN-21/06/21] Junio trae consigo el primer sueldo anual complementario (SAC) y la escala salarial vigente sigue siendo la de Abril 2021. A partir del mes de agosto habría novedades ya que se firmó un acta acuerdo el pasado 16 de junio que aún no lo homologó el Ministerio de Trabajo < ver nota>.El acuerdo contempla: "El pago de un adicional remuneratorio de pesos ocho mil ($8000.-) mensuales y no acumulativos a abonar conjuntamente con el pago de las remuneraciones de los meses de agosto, septiembre, octubre y noviembre de 2021, enero y febrero de 2022". Agrega: "Considerando las distintas categorías de trabajadores y trabajadoras, el pago del adicional será proporcional a su jornada laboral, de conformidad a la siguiente escala: * Trabajador permanente: $8.000.- * Trabajador no permanente: $4.000.- * Trabajador jornalizado $267.- por jornada de labor". Aunque todavía no está homologado y podría haber cambios, hay muchos interrogantes: 1.- ¿Por qué el valor para una jornada de trabajo sería de $267 si $8.000/200*8 da $320?, ¿cómo se llegó a los $267? 2.- ¿Se debe tener en cuenta para el cálculo de las horas extras y las vacaciones? 3.- ¿Para cualquier tipo de indemnización? 4.- ¿Para el segundo sueldo anual complementario? 5.- ¿Para descontar días de ausencia? 6.- ¿Luego de febrero 2022 cómo impactarán en las escalas salariales? En el caso de los adicionales, parecería que no los modifica ya que la escala vigente sigue siendo la del mes de abril de 2021. De todos modos, habrá que esperar la homologación y aclaraciones para poder aplicarlo correctamente en todos los casos y situaciones que se pueden plantear a la hora de hacer liquidaciones mensuales y finales. Por su parte, la Resolución 178/2021, homologada el pasado 9 marzo por el Ministerio de Trabajo, sigue vigente y los próximos aumentos –independientemente de los $8.000- prevén un 10% de aumento para julio, otro 10% para octubre y un 5% para febrero de 2022 siempre en base a la escala de febrero de 2021. 1° SAC 2021 Llegó junio y con él el 1° SAC del año. El artículo 122 de la Ley de Contrato de Trabajo es el que determina cómo y cuándo abonarlo: "El sueldo anual complementario será abonado en dos (2) cuotas: la primera de ellas con vencimiento el 30 de junio y la segunda con vencimiento el 18 de diciembre de cada año. El importe a abonar en cada semestre será liquidado sobre el cálculo del cincuenta por ciento (50%) de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto dentro de los dos (2) semestres que culminan en los meses de junio y diciembre de cada año. A fin de determinar la segunda cuota del sueldo anual complementario, el empleador debe estimar el salario correspondiente al mes de diciembre. Si dicha estimación no coincidiere con el salario efectivamente devengado, se procederá a recalcular la segunda cuota del sueldo anual complementario. La diferencia, que resultare entre la cuota devengada y la cuota abonada el 18 de diciembre se integrará al salario del mes de diciembre. (Artículo sustituido por art. 1° de la Ley N° 27.073 B.O. 20/1/2015)". Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) El SMVM hay que revisarlo mensualmente ya que la Resolución 4/2021 publicada en el Boletín Oficial el 5 de mayo pasado, estipuló los nuevos valores que varían casi todos los meses desde el pasado mes de abril y hasta el próximo febrero de 2022:
Revisar y controlar
Para tener en cuenta a la hora de liquidar
Y ahora, a cargo del empleador
--- [1] Ignacio Online alertó que el valor del 1° de junio 2021 dice $25.572 cuando debería ser de $25.272 (por el 17% acumulado). |
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