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Curso de sueldos para Propiedad Horizontal

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Curso del SERACARH

Ahora proponen derogar la Ley Zago

[BPN-15/06/22] El pasado 19 de mayo el legislador porteño Leonardo Saifert (La Libertad Avanza) presentó un proyecto de ley para derogar la Ley 4.803 que en 2013 obligó a los administradores de propiedad horizontal a "exhortar" al personal de cada uno de los consorcios que administran a concurrir anualmente a una capacitación "sobre higiene, seguridad y medidas de prevención contra incendios". A esta capacitación se la conoce vulgarmente como el Curso del SERACARH.

En ese momento se estableció que dicha capacitación "deberá ser dictada por una institución especializada, conformada por representantes de todos los sectores de la actividad reconocidos por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, a efectos de asegurar la plena representación de la totalidad de los intereses involucrados en la labor prestada en los edificios de propiedad horizontal". Al día de la fecha hay sólo una entidad que está en condiciones de cumplir estos requisitos.

Hasta ahora el Curso del SERACARH habría costado a los consorcios porteños más de 36 millones de dólares. Los datos de puestos de trabajo fueron provistos por el Ministerio de Trabajo y se asumió que por cada uno de ellos se debió contratar un curso.

Año

Valor

Puestos de Trabajo

Costo en u$s

2012

500

47.201

5.189.581

2013

500

48.521

4.443.657

2014

700

49.879

4.302.188

2015

850

50.659

4.647.473

2016

1.050

52.358

3.703.790

2017

1.450

55.929

4.870.197

2018

1.600

55.803

3.166.636

2020

3.800

57.078

3.023.731

2022

5.320

57.078

2.696.412

 

 

 

36.043.665

El proyecto

El texto de la iniciativa es muy breve y consta de sólo tres artículos de los cuales uno es de forma. En el 1º se ordena derogar la Ley 4.803 y en el 2º se explica que esta ley se interpone a lo ya regulado por la Ley 24.557 (Riegos de Trabajo) estableciéndose para los consorcios una doble imposición fiscal.

En sus fundamentos el legislador explicó que "desde un análisis impositivo podemos observar que aquellos consorcios que son empleadores de trabajadores tienen la obligación de contratar a una ART por Ley 24.557 y contribuir con un porcentual y una suma fija. Asimismo, dicha ley contempla la capacitación a los trabajadores".

Sobre este último punto, es de destacar que el inciso c) del artículo 19º del Decreto 170/96 que reguló la Ley 24.557 ordena: "Las aseguradoras deberán realizar actividades permanentes de prevención de riesgos y control de las condiciones y medio ambiente de trabajo. A tal fin deberán: [...] Brindar capacitación a los trabajadores en técnicas de prevención de riesgos" [vínculo].

Retomando, el legislador argumentó: "Resultante de lo anteriormente dicho [...] nos encontramos en una situación de doble imposición en que los consorcios deben contribuir por una ley local y otra nacional. El doble pago y la doble imposición por parte de leyes nacionales y locales tomó lamentablemente cierta naturalización y pasó a ser no sólo frecuente sino también demasiado agobiante para los ciudadanos de CABA".

Es de recordar

El primero en imponer el Curso del SERACARH fue el por aquel entonces director general de Defensa y Protección del Consumidor porteño, Juan Manuel Gallo. El 23 de agosto de 2012 mediante la disposición 1.698 (BO: 28/08/12) ordenó: "Los consorcios de propiedad horizontal deberán, por medio de la administración del consorcio correspondiente, exhortar al personal dependiente de cada uno de los consorcios, a que concurra anualmente a las capacitaciones que brinda el Servicio de Resolución Adecuada de Conflictos para Trabajadores y Empleadores de Renta y Horizontal (SERACARH)" [1].

La medida trajo cola y en noviembre de ese año, la Dra. Alicia Pierini, Defensora del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires, había recomendado a Gallo –a partir de la denuncia que realizó un consorcista- dejar sin efecto la disposición por "tratarse de una norma ilegítima y dictada en exceso de las facultades reglamentarias previstas en el Decreto Nº 551/10, reglamentario de la Ley 941 y sus modificatorias" [2].

El 18 de junio de 2013, Adrián Hilarza –en aquel momento presidente de AIPH- inició una medida cautelar y una acción de amparo para que la Justicia porteña deje sin efecto la Disposición Nº 1.698 [3].

En sus fundamentos, Hilarza consideró que Gallo "se ha excedido en sus facultades [...] adoptó una decisión que va en contra de los intereses de los propios actores que el funcionario debe representar y defender [...] tomó una medida que no se encuentra debidamente fundada sino que se basa en méritos puramente aparentes, [no actuó con] la imparcialidad que debe respetar cualquier funcionario público [...] y benefició, en clara contradicción con su mandato, a un instituto privado al que le otorgó un privilegio de manera monopólica".

El 5 de agosto de 2013, el procurador general porteño, Julio Marcelo Conte Grand, dictaminó que la DGDyPC porteña "no posee competencia para emitir actos administrativos como la Disposición Nº 1698/DGDYPC/12" [4].

Exactamente un mes después, la defensora del pueblo reiteró su recomendación de derogar definitivamente la disposición que estableció el curso obligatorio en el SERACARH teniendo en cuenta el "contundente y decisivo" dictamen jurídico del procurador general. También le solicitó a Conte Grand que inicie sumario administrativo para que se determinen responsabilidades por su dictado [5].

Con la sangre llegando al río, un ignoto legislador del PRO, Oscar Zago, presentó un proyecto de ley para crear el Curso del SERACARH y en el recambio legislativo de ese año lo hizo aprobar [6].

Ese mismo día -el 9 de diciembre de 2013- fue nombrado defensor adjunto de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires [7], puesto en el que se desempeñó hasta su reincorporación a la Legislatura porteña de la mano de La Libertad Avanza [8], partido que ahora propone derogar su ley Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] BPN Nº 471 del 29/08/12: "Los encargados deberán hacer un curso anual en el SERACARH".

[2] BPN Nº 480 del 28/11/12: "La Defensoría recomendó dar de baja el curso del SERACARH".

[3] BPN Nº 501 del 7/08/13: "Amparo contra el curso del SERACARH".

[4] BPN Nº 503 del 11/09/13: "La procuración se expidió contra el curso del SERACARH".

[5] BPN Nº 505 del 02/10/13: "Sumario administrativo por el curso del SERACARH".

[6] BPN Nº 510 del 4/12/13: "El curso del SERACARH tiene su propia ley".

[7] BPN Nº 511 del 19/12/13: "Zago fue nombrado defensor adjunto".

[8] BPN Nº 712 del 15/09/21: "¡¡¡ Zago volvería a la Legislatura porteña !!!".


    

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