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Federación Argentina de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal

La Contribución Solidaria también tuvo su aumento

[BPN-15/11/22] Durante el mes de octubre la Contribución Solidaria para las Obras Sociales aumentó de 1.224 pesos por trabajador de jornada completa a 1.420 pesos. Eso se debió a que las entidades de administradores que representan a los consorcios en paritarias [1] y la Federación Argentina de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal (FATERyH) acordaron un aumento del 16% en las escalas salariales de ese mes [1].

Si se multiplica la Contribución Solidaria de octubre por la cantidad de puestos de trabajo [2], sólo en octubre la obra social del sector cobrará aproximadamente 64 millones de pesos lo que representan unos 422 mil dólares norteamericanos.

Desde la creación de esta contribución patronal en junio de 2014 hasta el mes pasado –por este concepto se recaudaron en total mil quinientos millones de pesos (1.528.383.119) o más de 27 millones de dólares (27.495.960) [3]  

¿De dónde surge?

Es de recordar que el 1º de febrero de este año las tres entidades de administradores que representan a los consorcios [4] y la FATERyH establecieron que la contribución solidaria a la obra social de los encargados de edificios "se incrementará en el mismo porcentaje que el incremento establecido para los salarios de la actividad". Hasta este mes ese monto estaba establecido en 950 pesos mensuales.

El acuerdo fue homologado el 7 de ese mes por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social mediante la Resolución Nº 243 Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] BPN Nº 739 del 24/10/22: "Se acordaron tres aumentos del 16% cada uno".

[2] Teniendo en cuanta que ni el SUTERH ni la FATERyH proporcionan datos estadísticos sobre la cantidad de trabajadores del sector ni las características de sus tareas, para realizar estos cálculos se tomó el valor de la contribución de cada mes y se multiplicó por la cantidad de puestos de trabajo de ese período promediando cada puesto de trabajo entre un trabajador de jornada completa y uno de media jornada). O sea que a los efectos de este cálculo se asumió que por cada trabajador de jornada completa hay uno de media jornada.

[3] El valor del dólar se calculó sobre el promedio de las cotizaciones oficiales de tipo comprador y vendedor de cada período.

[4] Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal (AIERH), la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI) y la Unión Administradores de Inmuebles (UADI).


    

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