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Curso de sueldos para Propiedad Horizontal

Curso/taller de Liquidación de Sueldos General


Paritarias 2023

El último acuerdo contradice al artículo 19 bis

[BPN-24/04/23] El último acuerdo salarial establece que los empleadores deberán retener 3.000 pesos de las remuneraciones de los trabajadores de jornada completa y 1.500 de las "restantes categorías" según lo establecido por el recientemente agregado artículo 19 bis al Convenio Colectivo de Trabajo [1].

Sin embargo el mencionado artículo dice textualmente: "Con destino a un fondo de educación y comunicación que será administrado por la FATERyH establécese un aporte anual a cargo de todos los trabajadores de la actividad consistente en una suma de dinero cuyo importe no podrá ser superior al valor de una cuota sindical mensual que será determinado en oportunidad de acordar las modificaciones de las escalas salariales durante el primer semestre del año calendario".

El último acuerdo paritario, al establecer que el monto será de 1.500, pesos contradice lo autorizado por el Ministerio de Trabajo para todos los trabajadores que perciban un bruto inferior a los 75 mil pesos.

Por otra parte, cuando diferentes actores le pidieron aclaraciones a la FATERyH sobre el tema, ratificó todos los términos del último acuerdo pero agregó otro dato: ese importe lo debe retener cada edificio.

Resumiendo, si un encargado trabaja en tres consorcios chicos limpiando 4 horas, dos veces por semana –o sea trabaja 24 horas semanales- se le retendrán 4.500 pesos para este nuevo fondo de la FATERyH mientras que a un encargado permanente que trabaja 45 horas semanales sólo se le retendrán 3 mil.

Por otra parte, diferentes actores relacionados con las liquidaciones de sueldos, jornales y cargas sociales destacaron a Pequeñas Noticias que el aplicativos SiCayC (Sistema de Control de Aportes y Contribuciones de la Propiedad Horizontal) con el que liquidan aportes y contribuciones sindicales no permite cargar en el ítem "Artículo 19 bis" ningún otro número que no sea 3.000 o 1.500.

4 horas dos veces por semana

En este ejemplo la función es "Personal Jornalizado no más 18 horas", trabajará 32 horas por mes y su sueldo bruto será de 60.633,60 pesos. Si se aplicara el 2% del artículo 19 bis que autorizó el Ministerio debió aportar 1.212,6 pesos. La diferencia es de 287,3 pesos.

Sin embargo, teniendo en cuenta que con una "changa" de este tipo no alcanza para vivir, si trabaja en otros dos consorcios en las mismas condiciones su aporte sube a los mencionados 4.500 pesos.

4 horas una vez por semana

Si el encargado del ejemplo anterior trabaja cuatro horas pero sólo una vez por semana su salario bruto sería de 30.316,8 pesos y según el tope del 2% hubiera aportado 606,3 pesos en lugar de 1.500. Una diferencia de 893,7 pesos Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


    

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