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Curso de sueldos para Propiedad Horizontal

Curso/taller de Liquidación de Sueldos General


Sueldos Noviembre de 2023

Otro ‘nuevo’ acuerdo. ¡Qué difícil trabajar así!

Fabiana Lizarralde

[BPN-22/11/23] El pasado 17 de noviembre la Resolución 2291/2023 homologó otro acuerdo entre la Federación Argentina de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal (FATERyH) por la parte sindical, y la Asociación Inmobiliaria de Edificios de Renta y Horizontal (AIERH), la Cámara Argentina de la Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI) y la Unión Administradores de Inmuebles (UADI). En este acta acuerdo hay cuatro puntos de los cuales el primero es salarial y el resto está relacionados con otros aspectos del convenio colectivo [ver nota].

Recomposición salarial

El primer punto que nos ocupa, bajo el título "Recomposición salarial", pacta los siguientes "porcentajes de recomposición salarial":

Octubre

[*] 8% a calcular sobre el salario básico para la cuarta categoría establecida en el artículo 6 del CCT 589/10 aplicándose a los adicionales de convenio y en forma proporcional a las restantes categorías establecidas en el referido artículo con la remuneración del mes de octubre de 2023, otorgando un plazo para el pago hasta el 25 de noviembre de 2023,

Noviembre

[*] 7% a calcular sobre el salario básico para la cuarta categoría establecida en el artículo 6 del CCT 589/10 aplicándose a los adicionales de convenio y en forma proporcional a las restantes categorías establecidas en el referido artículo con la remuneración del mes de noviembre de 2023,

Diciembre

[*] 7% a calcular sobre el salario básico para la cuarta categoría establecida en el artículo 6 del CCT 589/10 aplicándose a adicionales de convenio y en forma proporcional a las restantes categorías establecidas en el referido artículo con la remuneración del mes de diciembre de 2023,

El resto de los puntos del acuerdo serán analizados en otra nota ya que implican un análisis de otro tipo.

Antes de escribir todas las dudas que se plantean al respecto, seguimos recordando lo que tenemos que hacer en noviembre.

Los recibos del mes reflejarán la nueva escala salarial con un 11% de aumento (que recién el 22 fue publicada por el SUTERH) y la suma remunerativa de $20.000 que se viene abonando desde el mes de septiembre.

La Resolución 1522/23, ya vieja a esta altura y homologada el 2 de agosto pasado, estipuló los aumentos del sector hasta enero de 2024:

1.- 11% sobre la escala de agosto más un bono de $20.000 para septiembre,

2.- 11% en octubre más el bono de $20.000,

3.- 11% en noviembre más el bono de $20.000 y

4.- 11% en enero de 2024 más el bono de $20.000.

En diciembre de 2023 no habría aumentos, pero con el nuevo acuerdo diciembre tendrá un 7% de incremento (No intenten preguntar sobre qué valores).

Más preguntas que respuestas

Además de la sorpresa por la novedad y la fecha en la que nos encontramos, las dudas nos asaltan y los tiempos nos corren sin piedad. Algunas preguntitas para ayudarnos a trabajar en ¿tiempo? y ¿forma?:

1) ¿Cómo se aplicará el 8% retroactivo al mes de octubre 2023? ¿Lo hacemos sobre el bruto directamente? ¿Los $20.000 no los tocamos, verdad? ¿O sí?

2) ¿O habrá una escala salarial rectificando valores de octubre 2023?

3) ¿Cuándo lo informarán? Porque según el acta acuerdo hay tiempo de abonar el importe retroactivo hasta el 25 de noviembre.

4) ¿La de noviembre tendrá un 18% (11% "viejo" + 7% "nuevo") de aumento o primero aplicarán el 11% y al resultado le calcularán el 7%?

5) ¿Cuándo lo publicarán?

6) Por ahora no más consultas porque si pienso en el segundo medio aguinaldo del año que hay que abonar antes del 18 de diciembre y todo el trabajo por hacer en estos días las dudas se multiplican al infinito.

SMVM

La resolución 15/2023 del Consejo del Salario en el Boletín Oficial, oficializó el aumento del salario mínimo vital y móvil y el Fondo de Desempleo para los siguientes meses:

Desde el:

Mensualizado

Por hora

1° de octubre de 2023

$132.000

$660

1° de noviembre de 2023

$146.000

$730 

1° de diciembre de 2023

$156.000

$780

Si bien los importes en este sector de la propiedad horizontal son superiores al SMVM, se los tiene en cuenta a la hora de calcular embargos.

Escala Noviembre 2023

Esta es la tabla que publicó el SUTERH con el aumento del 11% acordado en julio del año pasado. 

Hay que tomarla con pinzas porque no contempla el aumento del 7% acordado el 6 de noviembre.

FUNCION

1° Categoría

2° Categoría

3° Categoría

4° Categoría

Encargado Permanente con vivienda

290.201

278.109

266.017

241.834

Encargado Permanente sin vivienda

341.102

326.889

312.677

284.252

Ayudante Permanente con vivienda

290.201

278.109

266.017

241.834

Ayudante Permanente sin vivienda

341.102

326.889

312.677

284.252

Ayudante Media jornada

170.551

163.445

156.338

142.126

Personal Asimilado Con vivienda

290.201

278.109

266.017

241.834

Personal Asimilado Sin vivienda

341.102

326.889

312.677

284.252

Mayordomo Con vivienda

300.972

288.432

275.891

250.810

Mayordomo Sin vivienda

355.037

340.243

325.450

295.864

Intendente

434.562

434.562

434.562

434.562

Personal con más 1 función con vivienda

290.201

278.109

266.017

241.834

Personal con más 1 función sin vivienda

341.102

326.889

312.677

284.252

Encargado Guardacoches con vivienda

255.875

255.875

255.875

255.875

Encargado Guardacoches sin vivienda

277.860

277.860

277.860

277.860

Personal Vigilancia Nocturna

307.306

307.306

307.306

307.306

Personal Vigilancia Diurna

286.112

286.112

286.112

286.112

Personal Vigilancia Media Jornada

143.056

143.056

143.056

143.056

Encargado No Permanente Con vivienda

137.680

137.680

137.680

137.680

Encargado No Permanente Sin vivienda

149.638

149.638

149.638

149.638

Ayudante Temporario

280.272

280.272

280.272

280.272

Ayudante Temporario Media Jornada

140.136

140.136

140.136

140.136

Para cualquiera de las categorías

Idem anterior. No contempla el aumento del 7% acordado el 6 de noviembre.

Personal Jornalizado no más 18 horas (según ART. 7 INC. P HORA)

2.898,1

Suplente con horario por día

12.655,1

Retiro de residuos por unidad destinada a vivienda u oficina

518,6

Clasificación de residuos Resol. 2013 243 SSRT-GCABA

8.931,7

Valor vivienda

1.905,1

Plus por antigüedad conf. Resolución 106/09 - inc. D, e, h, n y p del art. 7 y 8 por año (1%)

2.842,5

Plus por antigüedad - por año ART. 11 ( 2%)

5.685,0

Plus limpieza de cocheras

7.076,7

Plus movimiento de coches - hasta 20 unidades

10.477,7

Plus Jardín

7.076,7

Plus Zona Desfavorable

50%

Titulo de Encargado Integral de Edificio

10%

Plus limpieza de piletas y mantenimiento del agua

11.904,7

Revisar y controlar

Noviembre 2023: Varios

1)

Escala salarial vigente (Res. 1522/2023 del 2 de agosto de 2023 y Res. 2291/2023)

Noviembre 2023 

2)

Sueldo Mínimo Vital y Móvil

(Resolución 15/2023)

* A partir del 1° de octubre de 2023: $132.000 para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo y $660 por hora para los trabajadores jornalizados.

* A partir del 1° de noviembre de 2023: $146.000 para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo y $730 por hora para los trabajadores jornalizados.

* A partir del 1° de diciembre de 2023: $156.000 para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo y $780 por hora para los trabajadores jornalizados.

3)

Asignaciones familiares

A partir del 1º de julio de 2010 la Administración Nacional de la Seguridad Social liquidará en forma directa las Asignaciones Familiares de los trabajadores. De esta forma, el Estado Nacional efectúa los controles sobre las asignaciones familiares de los trabajadores y quita a los empleadores la carga financiera a través del pago anticipado del beneficio.

4)

Feriados de Noviembre: -

(Fuente)

Lunes 20: Día de la Soberanía NacionalFeriados inamovibles

Feriados trasladables

Feriados Turisticos

5)

Días no laborables de Noviembre: -

(Fuente)

No hay

Días no laborables

6)

Formulario 931

(Res. 2407/08 y Dto. 1448/08)

Según la cantidad de empleados y las notificaciones de AFIP, se debe utilizar el aplicativo "Declaración en línea", el Libro de Sueldos Digital (LSD) o la versión vigente del SICOSS.

Para tener en cuenta a la hora de liquidar

Noviembre 2023: Sueldos (Aportes del empleado 21.75%)

1)

Aporte Jubilatorio: (Dto. 22/2007 – BO 24/1/2007)

11%

2)

INSSJP (Ley 19032)

3%

3)

Aporte sindical

2%

4)

Aporte Obra social (Obra Social 2,55% + ANSSAL 0,45%)

3%

5)

Caja de Protección a la familia

1%

6)

Fondo para la Maternidad, Vida, Desempleo y Discapacidad (FMVDD)

1%

7)

Seguro Vitalicio (Artículo 27º bis CCT 589/10)

0,75%

8)

Fondo de Educación y Comunicación (Res. 547/2023) Tope máximo $3000 descontado en abril 2023. Se aplica una vez al año en el mes que se llevan a cabo las paritarias del sector.

$0.-

Y ahora, a cargo del empleador

Noviembre 2023: Contribuciones patronales = 30,75% + ART + Etc...

1)

Jubilación

10,77%

2)

Ley 19032 / INSSJP

1,58%

4)

FNE

0,95%

3)

Obra Social + ANSSAL

6,00%

5)

Asignaciones Familiares

4,70%

6)

CPF (Boletas del sindicato)

1,50%

7)

FMVDD (Boletas del sindicato)

4,00%

8)

Contribución Solidaria OS CCT 589/10 por cada trabajador mensualizado de 8 horas por día. (Según Boletas sindicato octubre/2023)

$3248

9)

SERACARH (Boletas del sindicato)

0,50%

10)

Seguro Vitalicio (Art.27º bis CCT 589/10)

0,75%

11)

Valor de la suma fija de ART - FFEP para el devengado 11/2023 (Disposición SRT 9/2023)

$374

12)

Seguro Colectivo de Vida Obligatorio

$78,36

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