Sueldos
Febrero de 2024
Mientras
no se homologue todo sigue igual
[BPN-22/02/24]
A la fecha aún no hay novedades sobre una nueva escala para el mes de
febrero ya que sigue vigente la de enero pasado. Hay información sobre un
nuevo acuerdo pero éste todavía no está homologado [ ver
nota].
Como
ya nos tiene acostumbrado el sindicato y los miembros paritarios del
sector, no se cuenta con la información necesaria para poder realizar los
haberes del mes de febrero.
En
resumen: se hacen con la escala vigente hoy -22 de febrero- que es la de
enero y si se homologa el acuerdo después se harán los retroactivos o se
espera y se acumula el trabajo en un mes corto. Total, ¿a quién le
importa? Al final, se trata del dinero de los encargados y de los
propietarios mientras que el trabajo y el tiempo es de otros. ¿Se
entiende, o hago un dibujito?
SMVM
En
otro orden de cosas, la resolución 4/2024 oficializó el aumento del
salario mínimo vital y móvil.
Desde
el: |
Mensualizado |
Por
hora |
1°
de febrero de 2024 |
$180.000 |
$900 |
1°
de marzo de 2024 |
$202.800 |
$1014 |
Si
bien los importes en este sector de la propiedad horizontal son superiores
al SMVM, se los tiene en cuenta a la hora de calcular embargos.
Revisar
y controlar
Febrero
2024: Varios |
1) |
Escala
salarial vigente (Res. 1522/2023 del 2 de agosto de 2023 y Res.
2291/2023) |
Enero
2024 |
2) |
Sueldo
Mínimo Vital y Móvil
(Resolución
4/2024) |
* A
partir del 1° de febrero de 2024: $ 180.000 para
todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal
completa de trabajo y $900 por hora para los trabajadores
jornalizados.
*
A partir del 1° de marzo de 2024: $202.800 para todos los
trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de
trabajo y $1014 por hora para los trabajadores jornalizados. |
3) |
Asignaciones
familiares |
A
partir del 1º de julio de 2010 la Administración Nacional de
la Seguridad Social liquidará en forma directa las
Asignaciones Familiares de los trabajadores. De esta forma, el
Estado Nacional efectúa los controles sobre las asignaciones
familiares de los trabajadores y quita a los empleadores la carga
financiera a través del pago anticipado del beneficio. |
4) |
Feriados de
Febrero: 1
( Fuente) |
Lunes
12: Carnaval
Martes
13: Carnaval
|
|
5) |
Días
no laborables de Febrero: -
( Fuente) |
No
hay
|
6) |
Formulario
931
(Res.
2407/08 y Dto. 1448/08) |
Según
la cantidad de empleados y las notificaciones de AFIP, se debe
utilizar el aplicativo "Declaración en línea", el Libro
de Sueldos Digital (LSD) o la versión vigente del SICOSS. |
Para
tener en cuenta a la hora de liquidar
Febrero
2024: Sueldos (Aportes del empleado 21.75%) |
1) |
Aporte
Jubilatorio: (Dto. 22/2007 – BO 24/1/2007) |
11% |
2) |
INSSJP
(Ley 19032) |
3% |
3) |
Aporte
sindical |
2% |
4) |
Aporte
Obra social (Obra Social 2,55% + ANSSAL 0,45%) |
3% |
5) |
Caja
de Protección a la familia |
1% |
6) |
Fondo
para la Maternidad, Vida, Desempleo y Discapacidad (FMVDD) |
1% |
7) |
Seguro
Vitalicio (Artículo 27º bis CCT 589/10) |
0,75% |
8) |
Fondo
de Educación y Comunicación (Res. 547/2023) Tope máximo $3000
descontado en abril 2023. Se aplica una vez al año en el mes que se
llevan a cabo las paritarias del sector. |
$0.- |
Y
ahora, a cargo del empleador
Febrero
2024: Contribuciones patronales = 30,75% + ART + Etc... |
1) |
Jubilación |
10,77% |
2) |
Ley
19032 / INSSJP |
1,58% |
4) |
FNE |
0,95% |
3) |
Obra
Social + ANSSAL |
6,00% |
5) |
Asignaciones
Familiares |
4,70% |
6) |
CPF
(Boletas del sindicato) |
1,50% |
7) |
FMVDD
(Boletas del sindicato) |
4,00% |
8) |
Contribución
Solidaria OS CCT
589/10 por cada trabajador mensualizado de 8 horas por día (Según
boletas sindicato enero/2023). |
$4.000 |
9) |
SERACARH
(Boletas del sindicato) |
0,50% |
10) |
Seguro
Vitalicio (Art.27º bis CCT 589/10) |
0,75% |
11) |
Valor
de la suma fija de ART - FFEP para el devengado 02/2024 (Disposición
SRT 9/2023) |
No
publicado a la fecha |
12) |
Seguro
Colectivo de Vida Obligatorio |
$78,36 |
|
|