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Sistema 9041 para la administración de consorcios...


Dr. Eduardo DuhaldeSueldos

Decreto 905/03 = $ 200 no remunerativos

Se publicó en el Boletín Oficial del día 15 de abril de 2003 el decreto que aumenta a 200 pesos la asignación no remunerativa de carácter alimentario.

Finalmente se publicó el decreto 905/03 que establece un aumento de 50 pesos al importe de 150 que ya se venía abonando en concepto de asignación no remunerativa. El aumento se deberá abonar con los sueldos correspondientes al mes de mayo ya que la vigencia es desde el 1º de mayo y hasta el 31 de diciembre de 2003.

De esta manera el 1º artículo del Decreto 905/03 reemplaza al 1º del ya antiguo Decreto 2641/02 cuya vigencia era al 30 de junio.

A continuación transcribimos el Decreto 905/03 cuyo título y artículos dicen:

"SALARIOS

Decreto 905/2003

Increméntase el monto de la asignación no remunerativa de carácter alimentario fijada por el artículo 1º del Decreto Nº 2641/2002.

1º:  Increméntase a partir del 1º de mayo de 2003 y hasta el 31 de diciembre de 2003, el monto de la asignación no remunerativa de carácter alimentario fijada por el artículo 1º del Decreto Nº 2641/02, a la suma de PESOS DOSCIENTOS ($ 200.-)
2º:  A los efectos de la interpretación del presente Decreto serán de aplicación directa, en lo que resultare pertinente, lo establecido oportunamente por el Decreto Nº 1371/02, reglamentario del Decreto Nº 1273/02, por el Decreto 2641/02 y todas las normas complementarias y aclaratorias dictadas por la SECRETARIA DE TRABAJO del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL en su carácter de Autoridad de Aplicación de los citados decretos.
3º:  Dése cuenta al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 99, inciso 3, de la CONSTITUCION NACIONAL.
4º:  De forma."

En la práctica

Si tenemos en cuenta los aportes y contribuciones que se deberían realizar sobre los $ 200, el trabajador ahora cobrará en su bolsillo $ 188,60 ya que se le deben descontar $ 5,40 para la Obra Social (2,7%) y $6 para el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP, 3%).

Por otro lado, el empleador deberá desembolsar el 6,9% más sobre los 200 pesos correspondientes al 5,4% ($10,8) de la Obra Social y al 1,5% ($3) del INSSJP. En total deberá pagar $213,80.

Desde el punto de vista del aplicativo de la AFIP, Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones Versión 21 Release 0, no habrá modificaciones, ya que sólo se deberá modificar el importe a informar en la "Remuneración 5" dentro de los datos del trabajador en "Nómina de Empleados".

Como el carácter de la asignación sigue siendo "no remunerativa" este importe seguirá sin tenerse en cuenta para el cálculo del valor de las horas extras, vacaciones e indemnizaciones y en el mes de mayo los encargados verán incrementado el importe correspondiente al decreto en $ 47,15 netos si trabajan el mes en forma completa o el proporcional según el tiempo efectivamente trabajadoEnvíe desde aqui su comentario sobre esta nota

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