Sueldos
Novedades
al por mayor
Con
una batería de medidas el Gobierno Nacional apunta a mejorar el ingreso de
los trabajadores del sector privado y alentar así el consumo.
Salario
Mínimo Vital y Móvil (SMVM)
El
SMVM, actualmente de $200, se incrementará a $250 y en los siguientes meses
aumentará a razón de 10 pesos por mes hasta llegar a los $300 en el mes de
diciembre. De ser así el importe correspondiente al SMVM mes a mes debería
variar de la siguiente manera, según entendemos:
Actualmente |
200
pesos |
Julio-03 |
250
pesos |
Agosto-03 |
260
pesos |
Septiembre-03 |
270
pesos |
Octubre-03 |
280
pesos |
Noviembre-03 |
290
pesos |
Diciembre-03 |
300
pesos |
Recordamos
que el decreto 484/87 reglamentó los artículos 120, 147 y 149 de la Ley de
Contrato de Trabajo Nº 20.744 que habla sobre el SMVM y en su artículo 1º
dice: "Las remuneraciones devengadas por los trabajadores en cada
período mensual, así como cada cuota del sueldo anual complementario son
inembargables hasta una suma equivalente al importe mensual del Salario
Mínimo Vital fijado de conformidad con lo dispuesto en los Art. 116 y
siguientes del Régimen de Contrato de Trabajo (L.C.T. - t.o. por Decreto Nº
390/76)
Las
remuneraciones superiores a ese importe serán embargables en la siguiente
proporción:
1.
Remuneraciones no superiores al doble del Salario Mínimo Vital mensual,
hasta el diez por ciento (10%) del importe que excediere de este último.
2.
Retribuciones superiores al doble del Salario Mínimo Vital mensual, hasta
el veinte (20%) del importe de que excediere este último..."
Suma
no remunerativa
Los
$200 correspondientes a la suma no remunerativa (Dto. 905/03) pasarán a
formar parte del sueldo del trabajador y se convierte así en una suma
"remunerativa" con lo cual incrementará el valor de las horas
extras, vacaciones, aguinaldos y liquidaciones finales, además de los aportes
del trabajador y las contribuciones de los empleadores llámese, en nuestro
caso, "consorcio de propietarios".
Este
aumento remunerativo pasará a formar parte del sueldo en 8 cuotas
consecutivas de $28. Si uno divide los 200 pesos en 8 cuotas dará la suma de
$25 por mes pero ese adicional de $3 a cada cuota se estableció para que los
sueldos de bolsillo no disminuyan demasiado a la hora de hacer el descuento
correspondiente a la jubilación.
Actualmente
el trabajador que recibe los 200 pesos de suma no remunerativa se lleva
en el bolsillo 188,60 pesos habiéndole deducido para el Instituto
Nacional para los Servicios Sociales de Jubilados y Pensionados (INSSJP) el 3%
y para la Obra Social el 2.7%.
Cuando
estén incorporadas las 8 cuotas de 28 pesos al sueldo, el total bruto de la
asignación será de 224 pesos y el trabajador tendrá en su bolsillo 179,20
si aporta el 11% de jubilación y 188,60 si aporta con el 7% teniendo
en cuenta todos los descuentos que se hacen por ley a los conceptos
remunerativos. Además de la jubilación los demás descuentos por ley son el
INSSJP (3%), Sindicato (2%), Obra Social (2,7%), Anssal (0,3%) y Caja de
protección a la familia (CPF, 1%).
Desde
la mirada del empleador, el desembolso de dinero hoy es de 200 pesos más
13,80 correspondiente a las contribuciones de INSSJP del 1,5% y de Obra Social
del 5,4% lo que suma en total 213,80 pesos.
Después
de haber incorporado todas las cuotas al sueldo el empleador, o sea el
consorcio de propietarios en nuestro caso, deberá pagar 224 pesos más 54,88
correspondiente a todas las contribuciones que se hacen por conceptos
remunerativos, por lo cual tendrá que pagar 278,88 pesos. Actualmente
las contribuciones suman el 24,5% (Jubilación 10,17%, INSSJP 1,5%, Obra
Social (5,4%), Anssal (0,6%), CPF (1,5%) y Fondo Nacional del Empleo y
asignaciones familiares (5,33%) más el costo de la ART.
El
"NO" aumento del 7% al 9% de la jubilación
Con
los sueldos del mes de julio se debía incrementar del 7 al 9% el aporte de
los trabajadores a las jubilaciones privadas (AFJP) pero el gobierno
suspendió esta medida sin fecha por lo tanto se deberá seguir reteniendo el
7% a los trabajadores que aportan su jubilación al sistema de capitalización
y el 11% a aquellos que eligieron el régimen de reparto (jubilación del
estado).
Aumento
de la jubilación mínima
Subirá
a 220 pesos el haber mínimo para jubilados y pensionados a partir de este mes
de julio.
Todas
estas medidas fueron anunciadas por los ministros de Economía, Roberto
Lavagna; de Trabajo, Carlos Tomada y de Educación , Daniel Filmus.
El
Ministerio de Trabajo estimó que el beneficio del aumento del salario mínimo
alcanzará a unos 130.000 trabajadores aunque no dijeron que quedan afuera de
las mejoras la mayoría de los empleados públicos, el haber mínimo para
jubilados y pensionados abarcará, según los ministros, a aproximadamente 1,5
millones de beneficiarios y la incorporación de la suma no remunerativa al
sueldo la recibirán unos 3 millones de trabajadores.
De
todas formas, si bien los anuncios son claros, todavía queda por resolver
cómo se va a implementar cada uno de los mismos, si los aportes y
contribuciones son iguales a los que se realizan en todos los conceptos
remunerativos y si el mes a partir del cual se deben comenzar a aplicar cada
uno de ellos, es julio.
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