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Curso/taller de Liquidación de Sueldos General


Sueldos

Novedades al por mayor

Con una batería de medidas el Gobierno Nacional apunta a mejorar el ingreso de los trabajadores del sector privado y alentar así el consumo.

Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM)

El SMVM, actualmente de $200, se incrementará a $250 y en los siguientes meses aumentará a razón de 10 pesos por mes hasta llegar a los $300 en el mes de diciembre. De ser así el importe correspondiente al SMVM mes a mes debería variar de la siguiente manera, según entendemos:

Actualmente

200 pesos

Julio-03

250 pesos

Agosto-03

260 pesos

Septiembre-03

270 pesos

Octubre-03

280 pesos

Noviembre-03

290 pesos

Diciembre-03

300 pesos

Recordamos que el decreto 484/87 reglamentó los artículos 120, 147 y 149 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 que habla sobre el SMVM y en su artículo 1º dice: "Las remuneraciones devengadas por los trabajadores en cada período mensual, así como cada cuota del sueldo anual complementario son inembargables hasta una suma equivalente al importe mensual del Salario Mínimo Vital fijado de conformidad con lo dispuesto en los Art. 116 y siguientes del Régimen de Contrato de Trabajo (L.C.T. - t.o. por Decreto Nº 390/76)

Las remuneraciones superiores a ese importe serán embargables en la siguiente proporción:

1. Remuneraciones no superiores al doble del Salario Mínimo Vital mensual, hasta el diez por ciento (10%) del importe que excediere de este último.

2. Retribuciones superiores al doble del Salario Mínimo Vital mensual, hasta el veinte (20%) del importe de que excediere este último..."

Suma no remunerativa

Los $200 correspondientes a la suma no remunerativa (Dto. 905/03) pasarán a formar parte del sueldo del trabajador y se convierte así en una suma "remunerativa" con lo cual incrementará el valor de las horas extras, vacaciones, aguinaldos y liquidaciones finales, además de los aportes del trabajador y las contribuciones de los empleadores llámese, en nuestro caso, "consorcio de propietarios".

Este aumento remunerativo pasará a formar parte del sueldo en 8 cuotas consecutivas de $28. Si uno divide los 200 pesos en 8 cuotas dará la suma de $25 por mes pero ese adicional de $3 a cada cuota se estableció para que los sueldos de bolsillo no disminuyan demasiado a la hora de hacer el descuento correspondiente a la jubilación.

Actualmente el trabajador que recibe los 200 pesos de suma no remunerativa se lleva en el bolsillo 188,60 pesos habiéndole deducido para el Instituto Nacional para los Servicios Sociales de Jubilados y Pensionados (INSSJP) el 3% y para la Obra Social el 2.7%.

Cuando estén incorporadas las 8 cuotas de 28 pesos al sueldo, el total bruto de la asignación será de 224 pesos y el trabajador tendrá en su bolsillo 179,20 si aporta el 11% de jubilación y 188,60 si aporta con el 7% teniendo en cuenta todos los descuentos que se hacen por ley a los conceptos remunerativos. Además de la jubilación los demás descuentos por ley son el INSSJP (3%), Sindicato (2%), Obra Social (2,7%), Anssal (0,3%) y Caja de protección a la familia (CPF, 1%).

Desde la mirada del empleador, el desembolso de dinero hoy es de 200 pesos más 13,80 correspondiente a las contribuciones de INSSJP del 1,5% y de Obra Social del 5,4% lo que suma en total 213,80 pesos.

Después de haber incorporado todas las cuotas al sueldo el empleador, o sea el consorcio de propietarios en nuestro caso, deberá pagar 224 pesos más 54,88 correspondiente a todas las contribuciones que se hacen por conceptos remunerativos, por lo cual tendrá que pagar 278,88 pesos. Actualmente las contribuciones suman el 24,5% (Jubilación 10,17%, INSSJP 1,5%, Obra Social (5,4%), Anssal (0,6%), CPF (1,5%) y Fondo Nacional del Empleo y asignaciones familiares (5,33%) más el costo de la ART.

El "NO" aumento del 7% al 9% de la jubilación

Con los sueldos del mes de julio se debía incrementar del 7 al 9% el aporte de los trabajadores a las jubilaciones privadas (AFJP) pero el gobierno suspendió esta medida sin fecha por lo tanto se deberá seguir reteniendo el 7% a los trabajadores que aportan su jubilación al sistema de capitalización y el 11% a aquellos que eligieron el régimen de reparto (jubilación del estado).

Aumento de la jubilación mínima

Subirá a 220 pesos el haber mínimo para jubilados y pensionados a partir de este mes de julio.

Todas estas medidas fueron anunciadas por los ministros de Economía, Roberto Lavagna; de Trabajo, Carlos Tomada y de Educación , Daniel Filmus.

El Ministerio de Trabajo estimó que el beneficio del aumento del salario mínimo alcanzará a unos 130.000 trabajadores aunque no dijeron que quedan afuera de las mejoras la mayoría de los empleados públicos, el haber mínimo para jubilados y pensionados abarcará, según los ministros, a aproximadamente 1,5 millones de beneficiarios y la incorporación de la suma no remunerativa al sueldo la recibirán unos 3 millones de trabajadores.

De todas formas, si bien los anuncios son claros, todavía queda por resolver cómo se va a implementar cada uno de los mismos, si los aportes y contribuciones son iguales a los que se realizan en todos los conceptos remunerativos y si el mes a partir del cual se deben comenzar a aplicar cada uno de ellos, es julio.Envíe desde aqui su comentario sobre esta nota

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