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Curso/taller de Liquidación de Sueldos General


Sueldos

Decretos firmados pero...

Si bien el Presidente Néstor Kirchner firmó los decretos para aumentar en $50 no remunerativos los salarios de los trabajadores privados, llevar a $350 el salario mínimo vital y móvil y prorrogar hasta el 31 de marzo de 2004 la doble indemnización todavía su texto definitivo no se conoce por no haber sido publicado en el Boletín Oficial.

Ya están firmados los decretos por los cuales el presidente Néstor Kirchner incorpora al sueldo de los trabajadores privados $50 no remunerativos, aumenta de $300 a $350 el salario mínimo vital y móvil (SMVM) y prorroga hasta el 31 de marzo la doble indemnización para todos aquellos despidos sin justa causa que hayan sido contratados antes del 1º de enero de 2003.

Si bien todos los medios masivos de comunicación anunciaron la firma de los decretos el martes 30 de diciembre, todavía hoy (3/1/2004) no estaba publicado el número de decreto en el Boletín Oficial.

Recordamos que los 50 pesos no remunerativos y los 350 del SMVM rigen para los sueldos correspondientes al mes de enero de 2004 que se deben liquidar a fines del presente mes y que generalmente se abonan en los primero días del mes de febrero.

En la práctica

Si a la nueva suma no remunerativa se le aplicasen los mismos descuentos que a los antiguos $200 el trabajador que cumple sus tareas durante todo el mes, recibirá en su bolsillo $ 47,15 que surge de restar a los 50 pesos los aportes del trabajador:

 

Aportes del trabajador

Obra Social

2,7%

$ 1,35

Ley 19.032 o INSSJP (PAMI)

3%

$ 1,50

Total

5,7%

$ 2,85

El empleador por su parte deberá contribuir con $ 3,45 sobre los $50 para depositar lo que le correspondería de aplicarse los mismos porcentajes de aportes patronales.

 

Contribuciones del empleador

Obra Social

5,4%

$ 2,70

Ley 19.032 o INSSJP (PAMI)

1,5%

$ 0,75

Total

6,9%

$ 3,45

En el caso de los trabajadores que se desempeñan en forma parcial durante el mes se les debería pagar el proporcional al tiempo trabajado. Si se le abona según el valor por día, le correspondería ver aumentado su ingreso en $ 2 por día ($50/25 días) y si se le abona por hora aumentaría en $ 0,25 la hora ($50/200 horas).

De todas formas se deberá esperar el texto del decreto para confirmar o modificar éstas suposiciones, que debería estar disponible en pocos días.Envíe desde aqui su comentario sobre esta nota

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