'

Curso de sueldos para Propiedad Horizontal

Curso/taller de Liquidación de Sueldos General


Srita. Fabiana LizarraldeSueldos Agosto/04

Sin novedades... por ahora

Las liquidaciones de haberes correspondientes al mes de Agosto de 2004 no presentan novedades a pesar de todos los rumores de aumentos salariales Parece ser firme la intención del Gobierno de mejorar los haberes de los trabajadores privados a partir del 1º de septiembre aunque todavía queda camino por recorrer

Los recibos de haberes del período Agosto/2004 no presentarán ninguna sorpresa. No hay modificaciones que haya que reflejar ni en los importes básicos de las escalas salariales ni en ninguno de los porcentuales que forman los aportes y las contribuciones, al menos por este mes.

Si bien son muchos los rumores que circulan en los distintos medios masivos sobre aumentos en los salarios de los trabajadores privados, hasta la fecha no hay nada definido todavía. Sería inminente una sube del Sueldo Mínimo Vital y Móvil (SMVM) pero en ese caso no se afectarían los importes básicos de convenio ya que éstos son todos superiores.

Las medidas que sí tendrían injerencia en los haberes del sector, son aquellas que transformarían los $50 no remunerativos en "remunerativos" y que así tendrían incidencia en las horas extras, vacaciones, aguinaldos y hasta las indemnizaciones. Otra medida que, de producirse, también influiría en la liquidación de los haberes de los trabajadores de edificios sería el posible aumento en una suma fija, se habla de un valor entre $50 y $100, sobre los valores de la escala salarial vigente.

Agosto 2004

1)

FATERYH

(CCT 378/04 - Art. 27)

1% de aportes para trabajadores

2% de contribuciones para el empleador.

2)

Suma no remunerativa (Dto. 1347/03):

$50. Se abona el proporcional al tiempo trabajado y no lleva aportes ni contribuciones.

3)

Aporte Jubilatorio:

11% para trabajadores que aportan al Estado (Régimen de Reparto) y 7% para trabajadores que aportan a una AFJP (Régimen de Capitalización). Este porcentual se mantiene hasta el 01/07/05 (Dto. 809/04 - BO 28/6/04)

4)

Sueldo Mínimo Vital y Móvil

$ 350 y $ 1,74 para trabajadores mensualizados y jornalizados respectivamente. (Dto. 1349/03)

5)

Feriados del mes:

Lunes 16 por el 17: Día del General San Martín

6)

Doble indemnización (Dto. 823/04)

El decreto 823/04 (BO 28/6/04) Prorroga la doble indemnización pero al 80% hasta el día 31 de diciembre de 2004 inclusive, salvo que el trabajador haya sido incorporados a partir del 1º de enero de 2003 y represente un aumento en el total de los trabajadores que poseía el empleador al 31/12/02.

Habrá que esperar y ver cómo se desarrollan las negociaciones que surjan de las reuniones del Consejo del Salario donde se deberían resolver los temas planteados. De estos encuentros participarán representantes de la parte trabajadora, de la parte empleadora más representantes del gobierno nacional y de las provincias.

El tiempo dará las respuestas...Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

La Herramienta exacta y la más conveniente para difundir sus productos y servicios

La noticias minuto a minuto: Pequeñas Noticias en Twitter

Compartir:



    

 Pequeñas Noticias en las redes sociales con toda la actualidad: Twitter - Grupo de Facebook - Noticias en Facebook - Google +


[ El contenido de este sitio -escrito, fotogáfico y artístico- está protegido por las leyes vigentes de propiedad intelectual - Queda prohibida su reproducción total o parcial -por el medio que sea- sin autorización escrita de Pequeñas Noticias ]

' ' '