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Sistema 9041 para la administración de consorcios...


Srita. Fabiana LizarraldeSueldos Noviembre/04

Sin novedades para el mes 11

Parece ser que tampoco habrá cambios en los recibos de haberes correspondientes al anteúltimo mes de 2004 La única novedad a tener en cuenta de ahora en más es la nueva modalidad para la impresión de las boletas correspondientes al Sindicato Único de Trabajadores y la Federación Argentina de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal.

Nada parece que fuera a cambiar en los recibos de haberes durante el actual mes de noviembre. Si bien siguen siendo fuertes los rumores sobre un inminente aumento en el valor de las asignaciones familiares, hasta la fecha no hubo ningún anuncio oficial.

La novedad del mes, que no repercute en la confección de los sueldos propiamente dichos, viene dada por el lado de la Federación y del Sindicato Único de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal que a partir del 1º de noviembre implementaron desde el sitio www.fateryh.org.ar/cc la impresión de las boletas para el pago de las obligaciones del Fondo de la Maternidad, Vida, Desempleo y Discapacidad; la cuota sindical y la Caja de Protección a la Familia.

Anteriormente estas boletas se solicitaban y se retiraban en la sede de la Asociación Inmobiliaria Edificios de Renta y Horizontal (AIERH) ubicada en Moreno 1881, salvo que el consorcio o el administrador sea socio de las entidad y que como servicio ésta las enviaran por correo, para después completarlas y hacer el depósito correspondiente en el Banco de la Nación Argentina.

Este trámite formará parte del pasado ya que Internet será el medio a través del cual se impriman dichas boletas. Si bien este nuevo sistema contabilizará en el "Haber" tiempo y trabajo, en el "Debe" se registrará la tinta y el papel.

Noviembre 2004

1)

FATERYH

(CCT 378/04 - Art. 27)

1% de aportes para trabajadores

2% de contribuciones para el empleador.

2)

Suma no remunerativa (Dto. 1347/03):

$50. Se abona el proporcional al tiempo trabajado y no lleva aportes ni contribuciones.

3)

Aporte Jubilatorio:

11% para trabajadores que aportan al Estado (Régimen de Reparto) y 7% para trabajadores que aportan a una AFJP (Régimen de Capitalización). Este porcentual se mantiene hasta el 01/07/05 (Dto. 809/04 - BO 28/6/04)

4)

Sueldo Mínimo Vital y Móvil

(Resolución 2/2004)

$ 450 y $ 2,25 Resolución 2/2004 publicada en el BO el 7/9/04.

5)

Feriados del mes:

No hubo.

6)

Doble indemnización (Dto. 823/04)

El decreto 823/04 (BO 28/6/04) Prorroga la doble indemnización pero al 80% hasta el día 31 de diciembre de 2004 inclusive, salvo que el trabajador haya sido incorporados a partir del 1º de enero de 2003 y represente un aumento en el total de los trabajadores que poseía el empleador al 31/12/02.

En este mismo boletín (Nº 239), en la nota llamada "Todo desde Internet", se puede obtener más información sobre la forma de imprimir las distintas boletas de FATERyH y del SUTERH.Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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