Aumentos
Salariales
La
base es la 4º categoría
El
Secretario Gremial del SUTERH, Osvaldo Bacigalupo, explicó que los
aumentos se elaboran en base al importe del salario de bolsillo
correspondiente a la 4º categoría
En base al aumento de ésta es que se obtienen los incrementos para el
resto de las categorías contempladas en el Convenio Colectivo de Trabajo.
[BPN-3/5/05]
El Sr. Osvaldo Bacigalupo, Secretario Gremial del Sindicato
Único de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal (SUTERH),
explicó a Pequeñas Noticias cómo se aplican los aumentos que se
obtienen en el marco de las negociaciones laborales: "Cuando se
pactan las escalas salariales que surgen en el Convenio Colectivo los
montos se establecen para la 4º categoría. Todos los porcentajes de los
que se hablan son siempre para la categoría más baja. Después a cada
categoría le va el porcentaje conforme a lo que establece la convención,
el 10, el 15 y el 20%, que después forma el promedio; pero lo que se
pacta es sobre la base de la 4º categoría".
Si
se tiene en cuenta la diferencia de valores entre las distintas
categorías del artículo 15 del Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) Nº
378/04 y del 16 del 306/98, los aumentos obtenidos repercuten en forma
diferente entre una función y categoría con otra, por lo tanto cualquier
aumento general que se consiga a través de una paritaria siempre es en
base a la categoría más baja, en nuestro caso la 4º.
Para
ilustrar el tema y ver cómo inciden los aumentos dependiendo de las
funciones y categorías, se puede trabajar con los valores de bolsillo del
Encargado permanente con vivienda de 1º y el Ayudante permanente sin
vivienda 4º.
En
el CCT 306/98 el básico del ayudante era de $370,15 y el del encargado
era de $408,36. La diferencia entre ambos era del 10,32%. Actualmente, en
el CCT 378/04, el sueldo de bolsillo del ayudante es de $624 y el del
encargado es de $711 con lo cual ahora la diferencia entre uno y otro es
del 13,94%.
Si
analizamos el porcentaje en el que aumentó cada categoría por su lado,
se puede observar que el aumento para el ayudante de 4º categoría fue
del 68,58% y para el encargado de 1º fue del 74,11%, lo cual arroja una
diferencia del 5,53%.
Con
este análisis y a la hora de realizar cálculos, se debe tener en cuenta
que los aumentos generales que se puedan obtener como resultado de las
negociaciones colectivas de trabajo siempre se aplicará a las funciones
de 4º categorías y que la incidencia de ese mismo aumento en las otras
categorías será un tanto mayor.
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