COMUNICADO
de
la
FUNDACIÓN
LIGA DEL CONSORCISTA DE LA PROPIEDAD HORIZONTAL
A
PROPÓSITO DE LOS AUMENTOS A LOS ENCARGADOS DE EDIFICIOS
El
último Convenio Colectivo de Trabajo del sector, publicado en el
Boletín Oficial de la Nación el 7-5-2004, por primera vez fija el
plazo de un año para la vigencia de las cláusulas salariales. Esto
se asemeja a una "cláusula gatillo" ciertamente
preocupante para quienes viven o trabajan en edificios de Propiedad
Horizontal, al margen de su evidente potencialidad inflacionaria en
relación al resto de la comunidad.
La
Fundación Liga del Consorcista de la Propiedad Horizontal ha
debatido largamente con instituciones y prestigiosos profesionales
sobre los futuros inoportunos aumentos previstos para los salarios
de los encargados, del orden del 25% , según información de este
mes proveniente del propio gremio.
Dejando
de lado el invalorable concurso del periodismo sensible y valiente y
la buena voluntad de un grupo de Asesores de la Cámara de Diputados
de la Nación, a nadie más parece importarle la situación de los
que pagan expensas ( los consorcistas) y la realidad económica de
cada familia que se verá afectada.
Esto
va más allá de ser el consorcio una persona jurídica y su
mandatario y representante legal, el administrador (quien es además
el único que legalmente puede contratar, fijar la remuneración,
sancionar y despedir al personal), pues si descorremos el velo de un
consorcio, se ven detrás a los consorcistas, que son quienes
pagan.
Entonces
pareciera que si los mandatarios no contemplan y protegen los
intereses de sus mandantes, existe una terrible crisis de
representatividad.
La
circunstancia de llevarse hoy el sector gremial un 7,50% de la
remuneración bruta del personal de encargados de todo el país,
pareciera un tema que tiene mucho más peso que la situación de la
gente que, en su enorme mayoría asalariados, con mucho esfuerzo
paga los aumentos. Ninguna ha obtenido un 25% de aumento en sus
salarios o beneficios previsionales.
De
esto, quienes debieran pronunciarse, no hablan, lo cual, además de
indignación, provoca tristeza.
No
obstante, existe una salida a este laberinto legal, dentro del cual
los propietarios/consorcistas parecen haber quedado atrapados y es
la siguiente: nuestro proyecto de LEY DE DEFENSA DE LA INTEGRIDAD
ECONÓMICA DE LOS CONSORCIOS, que introduce una cuota de
racionalidad
necesaria a la concertación de los futuros aumentos salariales del
sector.
En
él, sin limitar los derechos de los trabajadores, decimos que si
para calcular los aumentos del personal de cada actividad económica
se toman como parámetros de medida naturales la ganancia o
productividad de cada empresa, en el caso de los consorcios, que no
son empresas ni
tienen ganancias ni productividad, es preciso relacionar los
aumentos con el gasto total de cada consorcio.
Todos
los derechos se ejercen conforme a ciertos límites. No existen
derechos ilimitados. Por eso, los reclamamos para las negociaciones
colectivas de trabajo de la Propiedad Horizontal.
Como
podrá verse, no planteamos una cuestión basada en una simple
confrontación de intereses, sino pretendemos que en nuestro país,
las soluciones a los problemas sociales provengan de una
confrontación de ideas y razones, como corresponde a toda comunidad
civilizada.
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