Nuevas
planillas salariales
¿Las
definitivas..?
Tanto
el SUTERH como la Agrupación 2 de Octubre Azul y Blanca han estado
repartiendo entre sus asociados las listas con los nuevos
valores de convenio según el acuerdo homologado por el Ministerio de
Trabajo
Éste contemplaba un aumento de 60 pesos para la 4º que llega hasta 161
pesos para la 1º categoría del Mayordomo sin vivienda
Esta es la segunda y último etapa del acuerdo que aún no fue publicado
en el Boletín Oficial.
[BPN-26/07/2005]
Hasta el viernes 22 de julio todavía no se había publicado en el
Boletín Oficial ni el acuerdo homologado ni las escalas salariales. En
esta última semana la escala con los importes básicos que estarían
vigentes para el período Julio de 2005 seguramente ha llegado a manos de
la mayor parte de los encargados y administradores, si bien ya había copias de las mismas a
principios de mes.
Comparando
estos básicos con los correspondientes al Convenio Colectivo de Trabajo
Nº 378/04 el aumento ha sido, en general, de entre $60 para varias
funciones de la 4º categoría y $ 161 para la 1º categoría de la
función Mayordomo sin vivienda.
Para
las categorías más usuales de jornada completa como la del Encargado
Permanente con y sin vivienda de 1º categoría, el aumento fue de $155 y
$ 159 mientras que para los Ayudantes permanentes con y sin vivienda de
1º fue de $155 y $157 respectivamente.
El
Ayudante de media jornada de 4º tuvo un aumento de $28 si se tiene en
cuenta la escala salarial publicada en el Boletín Oficial (BO) del 7 de
mayo de 2004 y de $20 si se consideran las posteriores modificaciones a la
mayoría de las categorías de media jornada.
Los
incrementos para el resto de las funciones y categorías están entre
estos valores como se puede ver en la tabla siguiente:
Funciones |
1º
Cat. |
2º
Cat. |
3º
Cat. |
4º
Cat. |
Encargado
permanente con vivienda |
$
155,00 |
$
120,00 |
$
102,00 |
$
60,00 |
Encargado
permanente sin vivienda |
$
159,00 |
$
121,00 |
$
104,00 |
$
60,00 |
Ayudante
permanente con vivienda |
$
155,00 |
$
120,00 |
$
102,00 |
$
60,00 |
Ayudante
permanente sin vivienda |
$
157,00 |
$
121,00 |
$
103,00 |
$
60,00 |
Ayudante
media jornada |
$
66,00 |
$
48,00 |
$
39,00 |
$
20,00 |
Personal
asimilado con vivienda |
$
155,00 |
$
120,00 |
$
102,00 |
$
60,00 |
Personal
asimilado sin vivienda |
$
157,00 |
$
121,00 |
$
103,00 |
$
60,00 |
Mayordomo
con vivienda |
$
158,00 |
$
121,00 |
$
103,00 |
$
60,00 |
Mayordomo
sin vivienda |
$
161,00 |
$
123,00 |
$
105,00 |
$
60,00 |
Personal
con más de 1 función con vivienda |
$
155,00 |
$
120,00 |
$
102,00 |
$
60,00 |
Personal
con más de 1 función sin vivienda |
$
159,00 |
$
121,00 |
$
104,00 |
$
60,00 |
Encargado
guardacoches con vivienda |
$
60,00 |
$
60,00 |
$
60,00 |
$
60,00 |
Encargado
guardacoches sin vivienda |
$
60,00 |
$
60,00 |
$
60,00 |
$
60,00 |
Personal
vigilancia diurna |
$
45,00 |
$
45,00 |
$
45,00 |
$
45,00 |
Personal
vigilancia nocturna |
$
75,00 |
$
75,00 |
$
75,00 |
$
75,00 |
Personal
de vigilancia media jornada |
$
23,00 |
$
23,00 |
$
23,00 |
$
23,00 |
Encargado
no permanente con vivienda 4 hs. |
$
78,00 |
$
78,00 |
$
78,00 |
$
78,00 |
Encargado
no permanente sin vivienda 4 hs. |
$
80,00 |
$
80,00 |
$
80,00 |
$
80,00 |
Ayudante
de temporada |
$
60,00 |
$
60,00 |
$
60,00 |
$
60,00 |
Ayudante
de temporada media jornada |
$
30,00 |
$
30,00 |
$
30,00 |
$
30,00 |
Si
se desea analizar el aumento en términos de porcentajes, la tabla
siguiente muestra que los mismos se mantuvieron en el orden del 6,42% y
21,97%.
Funciones |
1º
Cat. |
2º
Cat. |
3º
Cat. |
4º
Cat. |
Encargado
permanente con vivienda |
21,80% |
17,62% |
15,64% |
10,12% |
Encargado
permanente sin vivienda |
20,52% |
16,29% |
14,65% |
9,29% |
Ayudante
permanente con vivienda |
21,80% |
17,62% |
15,64% |
10,12% |
Ayudante
permanente sin vivienda |
20,96% |
16,88% |
15,01% |
9,62% |
Ayudante
media jornada |
17,05% |
12,94% |
10,99% |
6,21% |
Personal
asimilado con vivienda |
21,80% |
17,62% |
15,64% |
10,12% |
Personal
asimilado sin vivienda |
20,96% |
16,88% |
15,01% |
9,62% |
Mayordomo
con vivienda |
20,60% |
16,46% |
14,65% |
9,39% |
Mayordomo
sin vivienda |
19,37% |
15,45% |
13,80% |
8,67% |
Personal
con más de 1 función con vivienda |
21,80% |
17,62% |
15,64% |
10,12% |
Personal
con más de 1 función sin vivienda |
20,52% |
16,29% |
14,65% |
9,29% |
Encargado
guardacoches con vivienda |
9,04% |
9,04% |
9,04% |
9,04% |
Encargado
guardacoches sin vivienda |
8,37% |
8,37% |
8,37% |
8,37% |
Personal
vigilancia diurna |
6,28% |
6,28% |
6,28% |
6,28% |
Personal
vigilancia nocturna |
10,68% |
10,68% |
10,68% |
10,68% |
Personal
de vigilancia media jornada |
6,42% |
6,42% |
6,42% |
6,42% |
Encargado
no permanente con vivienda 4 hs. |
21,97% |
21,97% |
21,97% |
21,97% |
Encargado
no permanente sin vivienda 4 hs. |
20,67% |
20,67% |
20,67% |
20,67% |
Ayudante
de temporada |
8,90% |
8,90% |
8,90% |
8,90% |
Ayudante
de temporada media jornada |
8,90% |
8,90% |
8,90% |
8,90% |
Tomando
los mismos ejemplos anteriores, el Encargado Permanente con vivienda y el
Ayudante de 1º categoría tuvieron un mismo incremento del 21,8% mientras
que para el Encargado Permanente sin vivienda fue del 20,52%, para el
Ayudante permanentes sin vivienda fue del 20,96% y para el Ayudante de
media jornada de 4º el aumento fue del 6,21%.
Con
respecto a los adicionales de convenio (Art. 15 del CCT 378/04) los
valores aumentaron al rededor del 10%, salvo el Retiro de residuos que
sufrió un aumento del 13,64%.
Personal
jornalizado no más de 18 hs. por semana - Por día |
$
3,07 |
10,22% |
Suplente
con horario por día |
$
3,07 |
10,22% |
Escalafón
por antigüedad - Por año |
$
0,65 |
10,40% |
Retiro
residuos por unidad destinada a vivienda u oficina |
$
0,18 |
13,64% |
Plus
Movimiento de coches - hasta 20 unidades |
$
2,76 |
10,19% |
Plus
jardín |
$
1,83 |
10,27% |
Plus
limpieza de cocheras |
$
1,83 |
10,27% |
Valor
Vivienda |
$
0,50 |
10,00% |
Plus
por Título Integral de Edificios (% sobre básico) |
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--- |
También
se creó un nuevo adicional llamado "Clasificación de Residuos"
($ 2.10 por unidad) para aquellos edificios con más de 19 pisos dentro
del ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires según el Decreto 1838
que rige el nuevo servicio de higiene urbana y la Resolución Nº 50 de la
Secretaría de Producción, Turismo y Desarrollo Sustentable.
Por
otra parte es importante remarcar que la Cámara Argentina de Propiedad
Horizontal y Actividades Inmobiliarias ha presentado ante el Ministerio de
Trabajo una nota cuestionando ciertos aspectos de las planillas salariales
(Boletín de Pequeñas Noticias Nº 165 - 25/7/2005 "Soldado que
huye") y que sigue sin publicación en el Boletín Oficial el acuerdo
homologado y las ya famosas escalas salariales.
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