[BPN-28/02/07]
El mes del carnaval, febrero, no llevará ninguna modificación cuando se
confeccionen los haberes. No hay cambios para reflejar y todo sigue igual
salvo los topes y los valores de las asignaciones familiares ya que el
decreto Nº 33/2007 publicado el 24 de enero de 2007 en el Boletín
Oficial (BO) los modificó (BPN 312 – "El aumento ya salió
publicado en el BO").
La Ayuda
Escolar Anual, que generalmente se comienza a abonar en febrero, es una asignación que se paga por hijo en edad escolar una
sola vez al año y es una buena oportunidad recordar que:
1) Para
acreditar el derecho a esta asignación, los hijos del titular deberán
concurrir a establecimiento de carácter nacional, provincial, municipal o
privados incorporados a la enseñanza oficial y sujetos a su
fiscalización o adscriptos a la misma, siempre que se encuentren
reconocidos y funcionen con permiso expreso de la autoridad educacional
oficial;
2) Se abona
por aquellos hijos que asistan regularmente a preescolar, sala de cinco
años, nivel inicial, primera sección, segunda sección, tercera sección
o primer ciclo, segundo ciclo, de acuerdo a las distintas nominaciones. En
los casos en que en el certificado escolar se indique que el menor
concurre a jardín maternal, sala de tres años, sala de cuatro años,
jardín de infantes o a cualquier otra sección o sala no citada
anteriormente, se debe solicitar al establecimiento educativo una
constancia en la que acredite que el curso corresponde al nivel inicial;
3) En caso de
hijos discapacitados, esta asignación se paga aun cuando sean mayores de
18 años y sin tope remuneratorio;
4) Se podrá
pagar con los haberes del mes anterior al del inicio de ciclo lectivo,
siempre que se haya acreditado la asistencia al ciclo lectivo del año
anterior sin prejuicio de la posterior presentación del certificado de
inicio de escolaridad dentro de los 120 días de iniciado y
5) Se podrá
pagar dentro de los 120 días de iniciado el ciclo lectivo contra la
presentación del certificado del inicio del ciclo lectivo cuya
asignación se abona.
Febrero
2006
1) |
Escala salarial vigente
(Res. 30/06 – BO 20/04/06) |
Julio 2006 |
3) |
FATERYH
(CCT 378/04 - Art. 27) |
1% de
aportes para trabajadores
2% de contribuciones para
el empleador. |
4) |
Aporte Jubilatorio:
(Dto. 940/2006 – BO
27/7/2006) |
11%
para trabajadores que aportan al Estado (Régimen de Reparto).
7% para trabajadores que
aportan a una AFJP (Régimen de Capitalización). |
5) |
Sueldo Mínimo Vital y Móvil
(Resolución 2/2006 BO 31/7/06) |
A partir del 1/8/06 $ 760 por
mes y $ 3,80 por hora
A partir del 1/9/05 $ 780 por
mes y $ 3,90 por hora
A partir del 1/11/05 $ 800 por
mes y $ 4,00 por hora |
6) |
Asignaciones familiares
(Dto. 33/2007 - BO 24/01/07) |
A partir del 1º de enero de
2007 aumentaron los topes salariales y casi todos los importes de las
asignaciones familiares. La Ayuda Escolar quedó en $130. |
7) |
Feriados de Febrero: |
- |
8) |
Doble indemnización (Decreto
1433/2005 – BO 23/11/05) |
Dto. 1433/05:A partir del 1º
de diciembre de 2005 se reduce al 50% las indemnizaciones por
despidos sin justa. Esta disposición no resultará aplicable a los
empleadores respecto de los contratos celebrados en relación de
dependencia, en los términos de la Ley de Contrato de Trabajo N°
20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, a partir del 1° de enero
de 2003, siempre que éstos impliquen un aumento en la plantilla
total de trabajadores que el empleador poseía al 31 de diciembre de
2002. |