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Administración de Consorcios


Dr. Eduardo Brailovsky: los propietarios no deben haber podido demostrar su representatividad...

Dr. Eduardo Brailovsky: los propietarios no deben haber podido demostrar su representatividad...

CCT: Dr. Eduardo Brailovsky

"Una representatividad demostrable"

El Dr. Eduardo Brailovsky consideró que si el Ministerio de Trabajo no permite la inclusión de ninguna asociación de propietarios en las negociaciones de los Convenios Colectivos de Trabajo debe ser porque no pudieron demostrar su representatividad dentro del sector empleador.

[BPN-27/03/07] A pocas semanas de que se firme un nuevo Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) para los encargados de edificios de propiedad horizontal, el Dr. Eduardo Brailovsky subrayó que si el Ministerio de Trabajo no permite la participación de ninguna asociación de propietarios en las negociaciones paritarias debe ser porque no pudieron demostrarle su representatividad dentro del sector.

"No es simplemente presentarse y decirle a las autoridades del ministerio que representan a 500 empleadores; hay que demostrarlo", destacó el Dr. Brailovsky en la primera conferencia del ciclo que organiza el Centro de Gestión y Participación Comunal Nº 7 junto a Pequeñas Noticias <ver nota>.

Durante su disertación, explicó que si bien hay entidades que ya han hecho presentaciones en el Ministerio de Trabajo para que se las reconozca como representantes de la parte patronal "habría que preguntarse por qué no se las admite, analizar qué presentaron, qué representatividad tiene, quiénes las conforman y si tienen la representación directa de los consorcios o no".

Haciendo referencia a la marcha que organizó ADEPROH (Asociación Civil de Defensa al Consumidor de Bienes y Servicios para la Propiedad Horizontal RA), señaló que en su oportunidad "una asociación de propietarios intentó hacer una manifestación. Los copropietarios no asistieron. ¿Pueden alegar que tiene representación cuando no la pueden demostrar?" (BPN Nº 289 del 2/5/06: "Pocos, aunque los primeros").

Dr. Eduardo Brailovsky, abogado especialista en propiedad horizontal y colaborador del Rincón Solidario de Pequeñas Noticias.

Dr. Eduardo Brailovsky, abogado especialista en propiedad horizontal y colaborador del Rincón Solidario de Pequeñas Noticias.

En este sentido, el Dr. Brailovsky subrayó que una cuestión fundamental es conocer quién le otorga la representatividad y la legitimación: "el administrador tiene la facultad que le otorga la asamblea, pero el consorcio no son ustedes en forma individual, es el edificio entero, son todos sus integrantes y yo no veo que ellos vayan al ministerio de Trabajo, se sienten en la mesa y digan que son los empleadores".

Por otra parte, ante esta imposibilidad de intervenir en las negociaciones paritarias, aconsejó a los propietarios que le exijan a su administrador "que no se excedan en la concesión de determinados aumentos. El administrador va a llevar esas inquietudes a las cámaras y las cámaras las llevarán a la mesa de negociaciones".

Son necesarios

Después de hacer un erudito análisis histórico sobre el surgimiento de los CCT, el Dr. Brailovsky consideró que le "parece bárbaro que las partes se puedan sentar a negociar para resolver un problema. Todos quieren aumentos de sueldos, todos quieren mejores condiciones de trabajo y nada mejor que resolverlo discutiendo el problema".

Según él, lo importante es establecer "hasta qué punto cede una parte y se le concede un beneficio a la otra, igual no olvidemos que los beneficios son recíprocos tanto para el empleador como para el empleado".

Respondiendo a la pregunta si corresponde darles incrementos salariales a los encargados, el Dr. Brailovsky afirmó que "los encargados son seres humanos que habitan en nuestro país y viven la mismas crisis que nosotros".

¿Quién es el empleador?

Según él, en el caso de los CCT de los encargados, es difícil definir quiénes representan a la parte empleadora, "el empleador es el consorcio pero el problema es que el consorcio no tiene manos, no tiene cerebro, no tiene pies, yo no veo a ningún edificio consorcial sentado en una mesa paritaria".

En este sentido, subrayó que es "complicado definir quién representa al consorcio. El administrador representa al consorcio pero no es el empleador". Recordó que hasta hace un tiempo no había nadie que representara directamente a los consorcios: "existían las cámaras de administradores, la primera fue la CAPHyAI, como era la única que había, al Ministerio de Trabajo no le quedó más remedio que permitirle que se sienten con ellos para legitimar el CCT. Después aparecieron otras como la Asociación Inmobiliaria de Edificios Renta y Horizontal (AIERH) y la Unión de Administradores Inmuebles (UADI)".Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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