La herramienta exacta: Este mensaje se lee 60 mil veces por mes !!!   Curso/taller de Liquidación de Sueldos General

Administración de Consorcios


Aumentos salariales

¡Con Boletín Oficial y todo!

El nuevo convenio y las escalas salariales con sus aumentos se publicaron en el Boletín Oficial el pasado 31 de mayo No hubo ninguna sorpresa pues el contenido es exactamente igual al publicado por el mismo SUTERH y al que había adelantado nuestra redacción.

[BPN-20/06/07] En 31 de mayo de 2007 se publicó en el Boletín Oficial (BO) Nº 31.166 la Resolución 426/2007 que contiene el texto del acta complementaria del Convenio Colectivo de Trabajo 378/04 y los importes de las tres escalas salariales a utilizarse en mayo y junio la primera, la segunda en julio y la última a partir del mes de agosto.

Los puntos más importantes a tener en cuenta ya habían sido informados en la nota del Boletín Nº 320 llamada "El nuevo convenio colectivo" que se publicó el 8 de mayo pasado, pero no viene mal volverlos a recordar.

1)

Aumento salarial de un 5% a partir de los haberes del mes de mayo de 2007 y un incremento de un 10% para todos los plus salariales a partir del mismo mes.

2)

Aumento salarial de un 5% a partir de los haberes del mes de julio de 2007 y otro incremento de un 10% para todos los plus salariales también a partir de julio.

3)

Aumento salarial de un 6.5% a partir de los haberes del mes de agosto de 2007 y siguen los valores de los adicionales sin modificación.

4)

Los trabajadores permanentes con horarios corridos tendrán 20 minutos diarios en concepto de refrigerio, tiempo en el cual el dependiente se encuentra liberado de la prestación de servicios.

5)

FATERYH podrá destinar el eventual excedente resultante entre la suma recaudada y los premios total a abonarse por las pólizas contratadas en concepto del Art. 27 CCT 378/04, para brindar prestaciones de naturaleza cultural, educativa, de capacitación y formación profesional, sociales en general o cualquier otra propia de su objeto asociacional, en beneficio de sus asociados.

6)

Se agrega una licencia más en el inciso a) del art. 12 del CCT 378/04: "Por enfermedad hijo: diez (10) días, para las trabajadoras activas, una vez por año, para el cuidado de hijo menores de 12 años. A los fines de hacer uso de la presente deberá presentar certificado médico que acredite la enfermedad".

Estos puntos están relacionados directamente con el trabajador y la novedad de este convenio es que han intentado un acercamiento a los propietarios. En uno de los párrafos de acuerdo dice: "las partes acuerdan que en el plazo de 6 meses negociarán un sistema de consultas no vinculantes a los fines de que sea utilizado por propietarios en forma directa, en donde se evacuarán todas las consultas y dudas que esté a su alcance y que sea de su competencia" y en otro, agregan que "las partes acuerdan reunirse periódicamente a los fines de actualizar y analizar posibles reformas al convenio vigente".

Aunque quedan muchas preguntas por contestar, no deja de ser una conseción al sector propietario.

En este último acuerdo, estuvieron presentes la Federación Argentina de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal (FATERyH) por el lado de los trabajadores y por el lado de la parte empleadora la Unión Administradores de Inmuebles (UADI), la Asociación Inmobiliaria Edificios de Renta y Horizontal (AIERH) y la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI).Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

La Herramienta exacta y la más conveniente para difundir sus productos y servicios

La noticias minuto a minuto: Pequeñas Noticias en Twitter

Compartir:



    

 Pequeñas Noticias en las redes sociales con toda la actualidad: Twitter - Grupo de Facebook - Noticias en Facebook - Google +


[ El contenido de este sitio -escrito, fotogáfico y artístico- está protegido por las leyes vigentes de propiedad intelectual - Queda prohibida su reproducción total o parcial -por el medio que sea- sin autorización escrita de Pequeñas Noticias ]

' ' '