[BPN-04/07/07]
En una sala especialmente dispuesta en la administración Oneto, la Dra.
Diana Sevitz y la Dra. María Cristina Carrera disertaron
respectivamente sobre dos temas relacionados con las relaciones laborales:
"Derechos y deberes de las partes en el convenio colectivo de trabajo
para los encargados de edificios 378/04 y adicional 512/07 (B.O. 2/5/07).
Casos de jurisprudencia. Aspectos conflictivos en la relación
laboral" y "Prevención de conflictos laborales en los
consorcios - Documentación requerida - Sanciones - Mobbing (violencia
laboral) - Iuris variandi (horas extras) - Intercambio telegráfico".
Dra.
Diana Sevitz, abogada, mediadora especializada
en propiedad horizontal, árbitro sectorial de los Tribunales
Arbitrales de Consumo y
co-conductora del programa de radio "Consorcios Hoy". |
La
Dra. Sevitz aseguró que el primer tema álgido es definir quién es el
empleador en propiedad horizontal. Explicó que el artículo 9 inciso A,
dice que tiene que designarse a un representante de los copropietarios y
que "pareciera que la propiedad horizontal no puede existir si no
tiene un administrador".
Subrayó
que lo más interesante es que este representante podrá elegir al
personal de servicio de la casa y despedirlo y que a su vez, en algunos
reglamentos hasta se les permite establecer el sueldo del encargado.
"Ustedes
tienen potestad de pagarle por encima de las escalas salariales que fijan
los CCT", señaló la Dra. Sevitz. Sin embargo, advirtió que en
muchos casos por no leer el convenio "hay cosas que quedan en el
camino y no le están exigiendo ciertos deberes que los encargados
deberían cumplir".
Dra.
Maria Cristina Carrera, abogada, mediadora, asesora letrada de la
Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios y del
Sindicato de Empleados de Comercio de la Capital Federal. |
Advirtió
que otro de los principales conflictos es el de la provisión de una
vivienda digna y aseada. "¿Saben las condiciones en las que viven
los encargados?, preguntó la Dra. Sevitz y recordó a los administradores
que ellos pueden ingresar a la vivienda en el horario de trabajo,
"muchos consorcistas tienen a los encargados peor que en la cucheta del
perro; ustedes, como
administradores, lo tienen que observar".
La violencia
laboral
La Dra.
Carrera, especialista en métodos de resolución de conflictos y derecho
del trabajo, trató el tema de la violencia laboral dentro de los
consorcios. Señaló que lo primero que hay que tener en cuenta es que es
un proceso y no un hecho que sucede en un momento determinado. Aseguró
que existe una serie de estrategias para hacer que la víctima deje el
trabajo o, en definitiva, termine destruída. "En nuestro país hubo
y hay proyectos para establecer esta figura en forma determinada dentro de
la ley de contrato de trabajo", explicó.
La Dra.
Carrera reflexionó que la lesión "no es solo física, una herida o
un moretón, la lesión psicológica es la más grave que podemos sufrir
porque es la que no se ve y es la que no podemos tratar. Esto es violencia
laboral, cuando te hacen sentir que no servís para nada. Cuando uno
pierde la autoestima, el amor a sí mismo ya no hay ningún sentido para
seguir viviendo".