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Asignaciones familiares y doble indemnización

Suben las asignaciones, ¿y la doble indemnización?

El Director Ejecutivo de ANSES, Sergio Massa, y los ministros de Economía, Miguel Peirano, de Trabajo, Carlos Tomada y el secretario general de la CGT, Hugo Moyano anunciaron en Casa de Gobierno un aumento del 40% en las asignaciones familiares de hijos, hijos con discapacidad y prenatal Tras el anuncio de que la desocupación se ubicó en el 7.5% en julio y en el 8.5% teniendo en cuenta el segundo trimestre del 2007, siguen las dudas con respecto a la vigencia de la doble indemnización.

[BPN-05/09/07] El pasado 23 de agosto se anunció un aumento en el importe de las asignaciones familiares correspondientes a hijos, hijos discapacitados y prenatal además de un incremento en los topes de cada franja salarial que entraría en vigencia a partir del 1º de septiembre.

Según los anuncios y el sitio web de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS), www.anses.gov.ar, las asignaciones mencionadas aumentarán un 40% y el tope salarial para recibir el beneficio pasa de $3000 a $4000.

Aunque todavía no se publicó el decreto correspondiente en el Boletín Oficial (BO) la nueva tabla sería:

Remuneración

Hijo

Prenatal

Hijo discapacitado

De $100 a $2.000

100

100

400

De $2.000 a $3.000

75

75

300

De $3.000 a $4.000

50

50

200

Si bien habrá que esperar la publicación oficial éstos serían los valores a tener en cuenta con la liquidación de los haberes correspondientes al mes de septiembre de 2007.

Doble indemnización

Desde la vigencia del Decreto 1433/2005 publicado en el BO el 23 de noviembre de 2005 se redujeron al 50% las indemnizaciones por despidos sin justa causa siempre y cuando los contratos fueran anteriores al 1° de enero de 2003. Quedaban excluidos aquellos que se celebraban a partir de esa fecha siempre que éstos implicaran un aumento en la plantilla total de trabajadores que el empleador poseía al 31 de diciembre de 2002.

Si bien era claro a partir de cuándo había que comenzar con la reducción, el 1º de diciembre de 2005 (Art. 3) el sexto considerando decía textualmente: "Que el citado Decreto, facultó al Poder Ejecutivo Nacional para disponer otras reducciones a la duplicación prevista por el artículo 16 de la Ley N° 25.561 y sus Modificatorias, en función de la evolución de la tasa de desocupación que trimestralmente calcula y publica el Instituto Nacional de Estadística y Cencos (INDEC), estableciendo también que cuando la tasa de desocupación resulte inferior al diez por ciento (10%) quedaría sin efecto la prórroga dispuesta".

La cuestión a resolver es si sigue vigente el decreto después de los anuncios del índice de desocupación. El 3 de septiembre pasado el presidente Néstor Kirchner dijo que la desocupación había bajado al 7,8% en julio cuando participaba de la inauguración de una ampliación en la planta de Aluar en la provincia de Chubut y por otro lado el INDEC informó que el desempleo se ubicó en el 8,5% durante el segundo trimestre de este año y en el 9,5% si se consideraba a los beneficiarios de planes sociales como desocupados.

Aunque el Gobierno prometió una norma para establecer desde qué fecha se debe dejar de abonar la doble indemnización ya que se cumplieron las condiciones para su quita, ésta todavía no ha sido publicada.

Desde otro punto de vista, la CGT reclama que se declare la continuidad del 150% en caso de despido hasta que una norma dé certidumbre al respecto, motivo por el cual la Asociación de Dirigentes de Empresas presentó un recurso a la Justicia pidiendo que se declare la caída de la sanción.

Muchas interpretaciones por aquí, otras tantas por allá pero si alguien pregunta cuál es la indemnización por despido que rige hoy no sería una respuesta fácil de dar.

Habrá que esperar hasta el próximo BO.Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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