Curso de sueldos para Propiedad Horizontal   Curso/taller de Liquidación de Sueldos General

Administración de Consorcios


Fabiana LizarraldeSueldos Octubre/07

Por ahora, todo igual salvo las asignaciones y el SMVM

El primer mes del último trimestre de 2007 será casi tranquilo desde el punto de vista de la confección de los haberes mensuales Solo habrá que controlar el pago de las asignaciones familiares ya que el aumento fue retroactivo al 1º de julio Hay que tener en cuenta los feriados del mes correspondientes al Día del Encargado y al denominado Día de la Raza.

[BPN-17/10/07] El 5 de octubre de 2007 se publicó en el Boletín Oficial (BO) Nº 31254 el Decreto 1345/2007 relacionada con el aumento de las asignaciones familiares con la novedad de la retroactividad del anuncio: a partir del 1º de julio de 2007. Por este motivo, junto al sueldo de octubre habrá que liquidar las diferencias de asignaciones de cada mes y siempre teniendo en cuenta el sueldo bruto mensual sin horas extras ni SAC.

Para aquellos casos que se requiera un cálculo en base al Salario Mínimo, Vital y Móvil se debe aplicar el segundo escalón del aumento y se ubicará a partir del 1º de octubre en los $ 960 mensuales y en los $ 4,80 por hora, según la Resolución 2/2007 publicada en el BO el 13 de julio de 2007.

En cuanto a los feriados del mes, el día 2 de octubre se estableció como el Día del Trabajador de Propiedad Horizontal y se equipara a un día feriado para el trabajador del sector. Esto surge del artículo 13 del Convenio Colectivo de Trabajo 378/04 y además agrega que en caso de "...trabajarlo deberá ser abonado independientemente como feriado". Aprovechamos la oportunidad para aclarar que este día se debe abonar solo si se trabaja por lo tanto si el trabajador gozó del día de descanso no es obligación pagar ese día como ocurre con cualquier otro día feriado.

Octubre 2007

1)

Escala salarial vigente

(Res. Nº 426/2007 – BO 31/05/07)

Agosto 2007 <ver escala>

3)

FATERYH

(CCT 378/04 - Art. 27)

1% de aportes para trabajadores

2% de contribuciones para el empleador.

4)

Aporte Jubilatorio:

(Dto. 22/2007 – BO 24/1/2007)

11% para trabajadores que aportan al Estado (Régimen de Reparto).

7% para trabajadores que aportan a una AFJP (Régimen de Capitalización) hasta el 1º de enero de 2008.

5)

Sueldo Mínimo Vital y Móvil (Resolución 2/2007 BO 13/7/07)

A partir del 1/8/07 $ 900 por mes y $ 4,50 por hora

A partir del 1/10/07 $ 960 por mes y $ 4,80 por hora

A partir del 1/12/07 $ 980 por mes y $ 4,90 por hora

6)

Asignaciones familiares

(Decreto 1345/2007 BO 5/10/07)

A partir del 1º de julio de 2007 aumentaron los topes salariales y los importes de las asignaciones familiares. Para los sueldos entre $100 y $2.000 se abonar $100 por hijo o prenatal y $400 por hijo discapacitado; entre $2.000,01 y $3.000 se paga $75 y $300; entre $3.000,01 y $4.000 se abona $50 y $200 respectivamente y para los haberes superiores a $4000 solo se abona en caso de hijo discapacitado $200.

7)

Feriados de Octubre:

Martes 2, Día del Trabajador de Propiedad Horizontal.

Lunes 15 por el viernes 12, Día de la Raza.

8)

Doble indemnización

(Dto 1224/2007 BO 11/9/07)

Se derogó la doble indemnización por el Decreto 1224/2007 publicado en Boletín Oficial Nº 31.136 el 11 de septiembre de 2007.

Ahora sí, todo está publicado y no hay nada pendiente para los sueldos del mes de octubre.Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

La Herramienta exacta y la más conveniente para difundir sus productos y servicios

La noticias minuto a minuto: Pequeñas Noticias en Twitter

Compartir:



    

 Pequeñas Noticias en las redes sociales con toda la actualidad: Twitter - Grupo de Facebook - Noticias en Facebook - Google +


[ El contenido de este sitio -escrito, fotogáfico y artístico- está protegido por las leyes vigentes de propiedad intelectual - Queda prohibida su reproducción total o parcial -por el medio que sea- sin autorización escrita de Pequeñas Noticias ]

' ' '