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Administración de Consorcios


Fabiana LizarraldeSueldos Enero/08

Casi todo igual que el año pasado

El "casi" se debe a que en los sueldos del mes de enero de 2008 hay que modificar el aporte jubilatorio de los trabajadores que eligieron una AFJP Pasará del 7% al 11% después de muchos años de prórroga.

[BPN-22/01/08] El año 2008 comienza con una modificación que –aunque haya que reflejarla ahora- ya estaba anunciada desde el 24 de enero de 2007, fecha en que se publicó en el Boletín Oficial (BO) el Decreto 22/2007 (Ver en este mismo boletín BPN Nº 339 la nota "Todo el mundo aportará el 11%"). En el mismo se establece que se prorroga hasta el 1º de enero de 2008 las suspensiones dispuestas por un montón de artículos que, resumiendo, implica pasar del 7% al 11% en el descuento que se le debe hacer a los trabajadores que optaron en su momento por el régimen de capitalización o una AFJP para su futura jubilación.

Por este motivo habrá que reflejar este cambio en el recibo de haberes y también en el Formulario 931, para lo cual hay que instalar la nueva versión del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones Versión 29. (Ver Nota "Todo el mundo aportará el 11%" en este boletín).

Con respecto al resto de los componentes del sueldo no hay nada que modificar y se debe recordar que la suma de $300 no remunerativos fue por única vez en el mes de diciembre de 2007.

Enero 2008

1)

Escala salarial vigente

(Res. Nº 426/2007 – BO 31/05/07)

Agosto 2007 <ver escala>

3)

FATERYH

(CCT 378/04 - Art. 27)

1% de aportes para trabajadores

2% de contribuciones para el empleador.

4)

Aporte Jubilatorio:

(Dto. 22/2007 – BO 24/1/2007)

11% para todos los trabajadores, sin importar el régimen que hayan elegido (de Reparto o Capitalización).

5)

Sueldo Mínimo Vital y Móvil (Resolución 2/2007 BO 13/7/07)

A partir del 1/8/07 $ 900 por mes y $ 4,50 por hora

A partir del 1/10/07 $ 960 por mes y $ 4,80 por hora

A partir del 1/12/07 $ 980 por mes y $ 4,90 por hora

6)

Asignaciones familiares

(Decreto 1345/2007 BO 5/10/07)

 

 

(Resolución Nº 670/2007 BO 31/10/07)

A partir del 1º de julio de 2007 aumentaron los topes salariales y los importes de las asignaciones familiares. Para los sueldos entre $100 y $2.000 se abonan $100 por hijo o prenatal y $400 por hijo discapacitado; entre $2.000,01 y $3.000 se paga $75 y $300; entre $3.000,01 y $4.000 se abona $50 y $200 respectivamente y para los haberes superiores a $4000 solo se abona en caso de hijo discapacitado $200.

Se prorrogó al 1º de abril de 2008 la incorporación masiva de las empresas que todavía no lo estaban al Sistema Único de Asig. Familiares (SUAF).

7)

Feriados de Enero:

Martes 1º

8)

Doble indemnización

(Dto 1224/2007 BO 11/9/07)

Se derogó la doble indemnización por el Decreto 1224/2007 publicado en Boletín Oficial Nº 31.136 el 11 de septiembre de 2007.

9)

SIJyP vigente

Versión 29 Release 0

Ahora sí no hace falta más nada para comenzar con la tarea de confeccionar los sueldos y las cargas sociales.Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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