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Administración de Consorcios


www.afip.gov.ar

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Investigación especial

¡Arriba Su Declaración, abajo el SIJyP!

La AFIP implementó un nuevo sistema para presentar el F.931 Será obligatorio para los empleadores con un empleado a partir de este mes, Febrero/2008 y para los que tengan entre 2 y 5 en marzo La confección del formulario propiamente dicho se hace directamente sobre el sitio de la AFIP y funciona de manera parecida a otros aplicativos como MiSimplificación Empleadores.

[BPN-27/02/07] Y siguen las novedades. El 5 de febrero se publicó en el Boletín Oficial (BO) la Resolución 2407/08 por medio de la cual la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) implementó un nuevo aplicativo para confeccionar el Formulario 931 (F.931) llamado SuDeclaración. Si bien esta modalidad ya había sido creada la verdadera novedad es que empieza a ser obligatoria.

El artículo 1, entre otras cosas, indica quiénes estarán obligados a utilizar este aplicativos y quienes no. Dice textualmente: "...El uso de dicho sistema informático resultará obligatorio para los empleadores que registren hasta cinco (5) empleados, inclusive, en el período mensual que se declara. En el supuesto que incrementen sus nóminas hasta un máximo de DIEZ (10) trabajadores, inclusive, deberán continuar generando las referidas declaraciones juradas mediante el aludido sistema.

La utilización del sistema "Su Declaración" será optativa para los empleadores que registren entre seis (6) y diez (10) empleados, ambas cantidades inclusive, en el período mensual que se declara, excepto que se trate del supuesto de incremento de personal indicado en el párrafo anterior. Si con posterioridad su nómina disminuye a cinco (5) trabajadores o menos, el uso de este sistema será obligatorio"...

El artículo 2, si bien ya quedó claro quiénes son los obligados, da un cronograma con el mes en que se debe empezar a utilizar el aplicativo:

a) en Febrero 2008 y siguientes:

Empleadores que registren 1 empleado en el período mensual que declaran.

b) en Marzo 2008 y siguientes:

El resto de los empleadores, o sea los que tengan 2 y hasta 5 empleados.

Para poder utilizar el aplicativo hay que tener en cuenta:

1) Que el consorcio de propietarios al que se le deba confeccionar el F.931 esté asociado al Nº de CUIT y clave fiscal del administrador.

2) Que el administrador genere una nueva Relación desde "Administración de Relaciones de Clave Fiscal" para poder utilizar él mismo el aplicativo "Su Declaración" o que autorice a un tercero para su utilización.

Generar una nueva Relación

1) Ingresar al sitio de la AFIP, www.afip.gov.ar y luego al menú "Clave Fiscal" desde donde se debe completar con el número de CUIT y Clave Fiscal del administrador.

2) Una vez allí, ir al menú "Administración de Relaciones de Clave Fiscal" y eligir el consorcio en el cual debo usar este aplicativo (si son varios, habrá que generar una nueva relación por cada uno)

3) Luego hacer clic en "Nueva Relación" y luego en "Buscar" del menú Servicio. Seleccionar el aplicativo "SuDeclaración".

4) Luego hay que ingresar el CUIT de la persona a la que se autorizará en nombre del consorcio que puede ser el CUIT del mismo administrador o de un tercero que, en este caso y por el nivel de acceso necesario, puede ser cualquier persona que confeccione el F.931 por el administrador. 

5) Un vez confirmada la nueva relación, el administrador terminó el trámite que conviene imprimir. El autorizado deberá ingresar con su CUIT y su clave fiscal al menú "Aceptación de Designación" y aceptar la designación recibida si es que corresponde e imprimir el comprobante.

Con esto el autorizado podrá comenzar a utilizar el aplicativo "SuDeclaració" para realizar cada F.931.

Su Declaración, paso a paso

1) El autorizado, deberá ingresar al sitio de la AFIP, www.afip.gov.ar y luego al menú "Clave Fiscal" desde donde deberá ingresar su CUIT y clave fiscal.

2) En el listado de aplicativos aparecerá "Su Declaración On line". Al hacer clic sobre ella muestra un pequeño menú que permite generar una nueva declaración jurada (DDJJ) o hacer consultas.

3) Al elegir hacer una nueva DDJJ, aparece una ventana donde se debe ingresar el mes que se desea confeccionar y de ahí en adelante, a decir verdad, los datos que se deben ingresar o modificar son exactamente igual a los que se hacían en al aplicativo SIJyP.

Hay que acostumbrarse y ubicar los distintos botones que permiten imprimir diversos listados, tener muy en cuenta dónde se apunta con el Mouse, cuál es el botón para Enviar la DDJJ a la AFIP y tenerle paciencia a Internet.

Como aconseja la Contadora Viviana Grinberg en su nota de este mismo Boletín Nº 342, cuando se siente en la computadora a confeccionar el F.931 hay que tratar de concentrarse y no dispersarse pues después de un tiempo –bastante corto- la sesión de Internet puede interrumpirse por cuestiones de seguridad y habrá que volver a empezar.

Como siempre, pa-cien-cia. Es lo único que queda.Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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