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Administración de Consorcios


Fabiana LizarraldeSueldos Septiembre/08

Sin cambio en los haberes, con cambio en las asignaciones

[BPN-24/09/08] El artículo 2 del Convenio Coletivo de Trabajo Nº 378/04 dice que la vigencia temporal para las cláusulas de contenido no económico es de dos años y de un año para "aquellas otras de contenido salarial, a partir de su homologación" con lo cual los importes básicos de convenio y el de los diferentes plus deberían mantenerse sin cambio hasta el mes de marzo del próximo año, cuando se vuelvan a reunir en paritarias para tratar temas salariales.

En cuanto a las asignaciones familiares, aumentaron tanto los topes salariales que definen las distintas franjas como los valores de todas las asignaciones. El beneficio por matrimonio, nacimiento y adopción aumentó un 50% mientras que el correspondiente a hijos, prenatal e hijo discapacitado un 35%.

Aunque todavía no se publicó el correspondiente decreto en el Boletín Oficial (BO), se anunció en el sitio de ANSES el marte 16 de septiembre.

Septiembre 2008

1)

Escala salarial vigente

(Res. Nº 339/2008 – BO 03/04/08)

Agosto 2008 <ver escala>

3)

FATERYH

(CCT 378/04 - Art. 27)

1% de aportes para trabajadores

2% de contribuciones para el empleador.

4)

Aporte Jubilatorio:

(Dto. 22/2007 – BO 24/1/2007)

11% para todos los trabajadores, sin importar el régimen que hayan elegido (de Reparto o Capitalización).

5)

Sueldo Mínimo Vital y Móvil (Resolución 3/2008 BO 31/7/08)

A partir del 1/8/08$ 1200 por mes y $ 6,00 por hora

A partir del 1/12/08 $ 1240 por mes y $ 6,20 por hora

6)

Asignaciones familiares

(Todavía no se publicó en el BO)

 

 

 

A partir de septiembre de 2008 aumentaron los topes salariales y los importes de las asignaciones familiares. Para los sueldos entre $100 y $2.400 se abonan $135 por hijo o prenatal y $540 por hijo discapacitado; entre $2.400,01 y $3.600 se paga $101,30 y $405; entre $3.600,01 y $4.800 se abona $67,50 y $270 respectivamente y para los haberes superiores a $4.800 solo se abona en caso de hijo discapacitado $270. Matrimonio $900, nacimiento $600 y adopción $3.600.

Se debe verificar en la Autopista de Servicios del sitio www.anses.gov.ar si el consorcio de propietarios no fue incorporado al SUAF.

7)

Feriados de Septiembre:

-

8)

Doble indemnización

(Dto 1224/2007 BO 11/9/07)

Se derogó la doble indemnización por el Decreto 1224/2007 publicado en Boletín Oficial Nº 31.136 el 11 de septiembre de 2007.

9)

Formulario 931

Según la cantidad de empleadores, se debe utilizar el aplicativo "Su Declaración" o la Versión 29 Release 0 del SIJyP (Ver nota ¡Arriba SuDeclaración, abajo SIJyP! del Boletín de Pequeñas Noticias Nº442.

No se debe olvidar chequear si el consorcio fue incorporado al SUAF. Si se lo incorporó en un mes determinado, por ejemplo el período 09/2008, a partir de ese mismo mes no se deberán liquidar las asignaciones familiares con el recibo de haberes mensuales sino presentar ante ANSES la información solicitada para que esta entidad las abone en forma directa. En el boletín número 350 del 4 de junio en la nota llamada "Una autopista cada vez más ancha" se pueden consultar los pasos a seguir.

También hay que estar atento al BO para poder mirar con detalle la publicación del decreto relacionados con las asignaciones familiares y no cometer errores.Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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