[BPN-21/10/09]
El próximo domingo 25 de octubre se celebran elecciones nacionales en el
país vecino y son muchos los trabajadores del sector que querrán cruzar
"el charco" y emitir su voto.
La Ley 23.759
(publicada en el BO 26.804 del 18/01/1990) establece en su 1º artículo que
"Las personas radicadas en el territorio de la República Argentina que
sean ciudadanos de países limítrofes y que trabajen en el país en
relación de dependencia gozarán en sus empleos de hasta cuatro (4)
días de licencia, a los fines de que puedan concurrir a emitir su voto
en las elecciones que se realicen en su país de origen" y en el 2º
artículo agrega que "La licencia a la que se refiere el Artículo 1º
se considerará a cuenta de la licencia que por ley le corresponde. A
tal efecto será de aplicación lo dispuesto por la ley 20.744 (t. o. por el
Decreto 390/76)".
En una consulta
telefónica al SUTERH (Sindicato Único de Trabajadores de Edificios de
Renta y Horizontal), nos aclararon que los días que el trabajador se tome
para ir a emitir su voto serán descontados de los días de las
vacaciones que le correspondan.
Es oportuno
aclarar que el Decreto 1360/09 publicado el 5 de octubre del corriente
otorga asueto los días 23 y 26 de octubre de 2009, a los ciudadanos
uruguayos que se desempeñen en la Administración Pública Nacional
a fin de que concurran a emitir su voto en las Elecciones Nacionales que se
realizarán el día 25 de octubre de 2009, o sea que los trabajadores del
sector privado no son alcanzados por este beneficio.
En Internet son
muchas las páginas con información para los votantes, desde sitios dónde
ir a votar hasta empresas de pasajes con descuentos para cruzarse al país
limítrofe.