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Administración de Consorcios


Fabiana Lizarralde

M. Fabiana Lizarralde

Registro de empleadores de la CABA

El plazo se extendió hasta el 15 de julio

[BPN-02/06/10] El plazo para la inscripción en el Registro de Empleadores de la Ciudad de Buenos Aires se prorrogó hasta el 15 de julio de 2010.

Esta inscripción es obligatoria y la deben cumplir tanto las personas físicas y jurídicas con empleados dentro de la Ciudad de Buenos Aires (CABA) como aquellas con domicilio legal dentro de la CABA y tengan empleados en otras jurisdicciones.

El trámite se debe cumplir mediante una aplicación on line, https://www.buenosaires.gob.ar/apps/empleadores, y una vez allí se deberá registrar como Nuevo Empleador y completar los datos solicitados.

Hay que tener en cuenta si los empleadores tienen los libros rubricados por el gobierno de la CABA o no.

Empleadores con libros rubricados por el gobierno de la CABA

En este caso el aplicativo solicitará algunos datos correspondientes a la Hoja Madre de su última Rúbrica, especialmente el Nº de Registro (que se encuentra en la parte derecha inferior) y la fecha de Rúbrica.

Empleadores con libros no rubricados por el gobierno de la CABA o rubricados por el Ministerio de Trabajo (aplica para aquellos que hayan rubricado su último libro vigente antes del 28 de marzo de 2003, puesto que en ese entonces el trámite se hacía ante el Ministerio del Trabajo de la Nación):

En este caso habrá que presentarse en Lima 221 – 1er Subsuelo, Área Rúbrica – en el horario de 10 a 13 horas, con la siguiente documentación: Copia simple de la Constancia de inscripción de AFIP (con régimen de empleador), Copia simple del Estatuto de la Sociedad, o Reglamento de Copropiedad según corresponda (en caso de ser una Persona Física o una Sociedad de Hecho deberá presentar los DNI, de cada uno de los integrantes) y Copia del último Formulario 931 presentado.

Luego, se le otorgará una clave de identificación con la cual tendrá acceso al aplicativo. Según lo informado en el lugar, el trámite lo puede realizar cualquier persona, sin necesidad de contar con poderes o autorizaciones.

La Resolución que informó la prórroga fue la número 2979/2010 y se publicó en el Boletín Oficial de la ciudad el 18 de mayo del corriente.Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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