[BPN-17/11/10]
Siete diputados del Peronismo Federal presentaron un proyecto de
ley para que el Estado se haga cargo de las diferencias económicas que
surjan entre el importe de las prestaciones establecidas en la Ley de
Riesgos del Trabajo (LRT) y las indemnizaciones que
corresponda abonar a los trabajadores, en concepto de reparación civil
por los daños y perjuicios sufridos. Además el Estado debería asumir
los cargos judiciales que deba erogar el empleador.
El proyecto
prevé la creación de un Fondo Específico de Aplicación destinado al
pago "de las diferencias que surjan entre el importe de las
prestaciones establecidas en la LRT, a cargo de las Aseguradoras de
Riesgos del Trabajo (ART) quienes serán partes obligadas en el
juicio, y las sumas que […], corresponda abonar a los trabajadores en
concepto de reparación civil por los daños y perjuicios sufridos".
Esos fondos
serán destinados también al pago de "de todos los gastos
judiciales, honorarios, costos y costas que deba erogar el empleador con
motivo del reclamo que por resarcimiento civil interponga el trabajador
ante la justicia ordinaria".
El fondo se
constituirá con una contribución mensual a cargo de cada empleador
equivalente al 0,5% del importe total que resulte de aplicar la base de
cálculo. De prosperar la medida, los aportes al fondo serán percibidos
por las ART, las que deberán girarlas dentro de las 48 horas hábiles a
una cuenta especial que abrirá la Superintendencia de Riesgos del Trabajo
en el Banco de la Nación Argentina.
El proyecto
prevé que "el Estado nacional, a través del Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social de la Nación, será responsable subsidiario y exclusivo
del pago de las sumas necesarias para cancelar el resarcimiento total del
trabajador" y agrega: "la ART será el sujeto pasivo deudor y
principal pagador de la reparación integral del daño".
La iniciativa,
lleva la firma de los diputados nacionales Daniel Germano, Alfredo
Néstor Atanasof, Roberto Mario Mouilleron,
Carlos Alberto Carranza, Sergio Horacio
Pansa, Celia Isabel Arena y Juan Carlos
Forconi,
Sin embargo,
el abogado laboralista Horacio Schick, titular del estudio
del mismo nombre, señaló al periódico Buenos Aires Económico
(BAE) que la pretensión de satisfacer ese resarcimiento no
cubierto por las prestaciones económicas de la LRT, mediante un fondo
constituido con el aporte de apenas un 0,5% de la masa salarial "es
una verdadera ‘cortina de humo’ para que el Estado nacional se haga
cargo de la responsabilidad individual e indelegable del agente
dañador".
De acuerdo a
Schik, el proyecto presentado "es insostenible y constituye un
apartamiento liso y llano de la jurisprudencia de la Corte Suprema de
Justicia de la Nación, que determinó el carácter constitucional del
principio ‘alterum non laedere’ que prohíbe a los hombres dañar los
derechos de un tercero".