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Novedades Laborales


Ayuda Escolar 2011

ANSES abonará la Ayuda Escolar

[BPN-18/02/11] En el Boletín Informático de febrero del corriente la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSeS) informó que pagará la Ayuda Escolar Anual correspondiente al período lectivo 2011 en los próximos meses.

El cronograma de pago informado es el siguiente:

* Trabajadores de empresas incorporadas al SUAF:

meses de marzo y abril.

* Jubilados y pensionados:

con los haberes de febrero.

* Beneficiarios de la Prestación por Desempleo:

con la cuota correspondiente a febrero.

El monto general de la asignación es de $170 y varía según la zona en la que el trabajador desarrolla su actividad. El tope máximo para cobrar esta asignación es de $4800 y no tienen tope los casos de hijos con discapacidad.

Cobro automático

El cobro es automático –sin necesidad de presentar el certificado escolar- para todos aquellos trabajadores de empresas incorporadas al SUAF, jubilados, pensionados, y beneficiarios de la Prestación por Desempleo cuyos hijos tengan entre 5 y 17 años.

Aquellos trabajadores que no hayan percibido el pago automático, deberán presentar el formulario PS 2.51 "Solicitud Asignaciones Familiares por Ayuda Escolar Anual – SUAF" ante ANSES dentro de los 120 días de comenzado el ciclo escolar.

Los jubilados, pensionados y los Beneficiarios de la Prestación por Desempleo que tampoco lo cobren en forma automática deberán presentar el original del Certificado Escolar que acredite la concurrencia del hijo al ciclo lectivo dentro de los 120 días de iniciado el mismo.

En qué casos hay que presentar documentación

En el caso que los hijos tengan menos de 5 años, entre 17 y 18 años, y cuando se trate de hijos con discapacidad el pago no será automático y se deberá presentar la documentación de respaldo para percibir la Asignación.

La documentación a presentar ante ANSES dentro de los 120 días de comenzado el ciclo escolar es la siguiente:

* Trabajadores de empresas incorporadas al SUAF:

Formulario PS 2.51 "Solicitud Asignaciones Familiares por Ayuda Escolar Anual – SUAF".

* Jubilados y pensionados:

Certificado de inicio de ciclo lectivo o formulario PS 2.51

* Beneficiarios de la Prestación por Desempleo:

Certificado de inicio lectivo o formulario PS 2.51

En todos los casos el certificado escolar original emitido por el colegio puede reemplazar la cumplimentación del rubro 2 o 3 del Formulario PS 2.51

Los Formularios se pueden bajar a través de la Autopista de Servicios en el listado de "Temas más consultados" y allí en Asignaciones Familiares.Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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