El gráfico
fue confeccionado sobre la base de promedios generales desde agosto
de 2010 hasta octubre de 2011. |
Convenio
Colectivo de Trabajo
El 36% con
puntos y comas
[BPN-28/02/11]
Según surgió de la reunión de la CAPHyAI (Cámara Argentina
de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias) del 21 pasado, se
acordaría con la FATERyH (Federación Argentina de Trabajadores
Renta y Horizontal) un aumento en 4 escalones. El primero sería la
incorporación de los $300 no remunerativos de enero y febrero como
remunerativos; el segundo, un aumento del 7% en mayo; el tercero, un
aumento del 7% en agosto y por último un aumento del 7,5% en octubre.
El primer
escalón representaría –en promedio- un aumento de más del 11%. Los
demás (7 + 7 + 7,5) al ser porcentajes de porcentaje, sumarían un 23,1%
que agregados al primero resultaría en un 36,5%.
Es importante
tener en cuenta que en junio de 2010 las entidades firmantes de los CCT
anunciaron un aumento del 27,5% para los salarios de ese año y dentro de
ese cálculo no se tuvieron en cuenta los $300 no remunerativos para enero
y febrero de este año. Por esa razón, Pequeñas Noticias lo
incluyó como parte de los aumentos otorgados durante el 2011. De no haber
sido así, durante el 2010 el aumento real convenido entre las partes
habría sido de un 38,5% y no del 27,5% como había sido anunciado.
El
costo laboral
El
porcentaje expresado sobre la cifra fija de $300.- expresa el aumento que
recibiría el trabajador y la incidencia del 11% sería sobre su salario.
Sin embargo para calcular el costo laboral de ese importe hay que tener en
cuenta que está gravado con un 30% en concepto de contribuciones por lo
que llegaría a $390.- con lo que el consorcio terminaría pagando en un
promedio de todas las funciones y categorías un 15% más.
Promedios,
máximos y mínimos
Del
relevamiento realizado por Pequeñas Noticias, se desprende que el
aumento que se otorgaría al personal de primera categoría rondaría, en
promedio, los 905 pesos. Los trabajadores de segunda categoría
recibirían incrementos aproximados de 890 pesos. En tanto, el personal de
tercera categoría obtendría un incremento de alrededor de 875 pesos.
Finalmente, los trabajadores de cuarta categoría recibirían 844 pesos de
aumento.
El incrementó
máximo lo experimentaría el salario del "mayordomo sin
vivienda" de primera categoría, que sería de $1.155 más. En tanto,
el menor aumento correspondería al "encargado permanente con
vivienda", al "ayudante permanente con vivienda", al
"personal asimilado con vivienda" y al "personal con más
de una función con vivienda" de la 4ª categoría.
Porcentajes
Al
incorporarse a las escalas salariales una suma fija se rompen las
relaciones existentes entre las diferentes categorías y las funciones.
Los $300 tienen una mayor incidencia porcentual en los sueldos más bajos
y una menor en los más altos.
Los
trabajadores que experimentarían un mayor incremento porcentual en su
salario son aquellos ubicados en la cuarta categoría (39%). Este
porcentaje sería para los encargados permanentes con vivienda, los
ayudantes permanentes con vivienda, el personal asimilado con vivienda y
el personal con más de una función con vivienda. El resto de los
trabajadores de esa categoría recibirían incrementos que van desde el 36
al 38%.
En tanto, si
bien el "mayordomo sin vivienda" de primera categoría es quien
mayor sueldo básico recibe es también el que experimentaría un
incremento porcentual menor (33,91%).
De los datos
arriba consignados, puede deducirse que en promedio el porcentaje total de
incremento sería: para los trabajadores de primera categoría el 36,02%.
Para el personal de segunda categoría del 36,31%, para los trabajadores
de tercera categoría del 36,64% y para los encargados de cuarta
categoría de un 37,37%.
A modo de
ejemplo
Teniendo en
cuenta la información analizada y tomando como parámetros tres
categorías, puede concluirse en que:
El encargado
permanente con vivienda de tercera categoría que, de acuerdo a la última
escala salarial, percibía en agosto de 2010 un salario de $ 2.492,
pasaría a ganar en octubre del año en curso $ 3.436 aproximadamente.
El encargado
permanente sin vivienda de cuarta categoría, que en agosto de 2010
percibía un sueldo de $ 2.716, ganaría en octubre de este año $ 3.712
aproximadamente.
En tanto, el
encargado no permanente sin vivienda (media jornada) de cualquiera de las
cuatro categorías (que reciben igual salario) ganaba en agosto de 2010, $
1.438. De acuerdo a lo informado, percibiría en octubre de este año, un
sueldo aproximado de $ 1.955.
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