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Novedades Laborales


María Fabiana Lizarralde.

María Fabiana Lizarralde.

Sueldos Junio/11

Para junio sólo el primer SAC

[BPN-22/05/11] Los haberes del mes de junio se deberán confeccionar con la escala salarial correspondiente al mes de mayo por lo tanto no hay modificaciones que reflejar.

En este mes también se debe liquidar el primer Sueldo Anual Complementario (SAC) y es la Ley 20.744 de Contrato de Trabajo más la Ley 23.041 las que tratan el tema.

El artículo 121 de la Ley 20.744 fue modificada por el artículo 1º de la Ley 23.041 con lo cual el concepto de SAC quedó expresado así: "El sueldo anual complementario en la actividad privada, Administración Pública Central y descentralizada, empresas del Estado, empresas mixtas y empresas de propiedad del Estado, será pagado sobre el cálculo del 50 % de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto dentro de los semestres que culminan en los meses de junio y diciembre de cada año".

Con respecto a la época de pago, el artículo 122 de la Ley de Contrato de Trabajo dice: "El sueldo anual complementario será abonado en dos cuotas: la primera de ellas el treinta de junio y la segunda el treinta y uno de diciembre de cada año..."

Junio 2011

1)

Escala salarial vigente

(Res 222-223-224/2011 BO 12/04/2011 Nº 32128)

Mayo 2011

 

3)

FATERYH

(CCT 378/04 - Art. 27 + Homolog. 106/09)

1% de aportes para trabajadores

2,5% de contribuciones para el empleador.

4)

Aporte Jubilatorio:

(Dto. 22/2007 – BO 24/1/2007)

11%

5)

Sueldo Mínimo Vital y Móvil (Resolución 2/2010 BO 05/08/10)

A partir del 1/09/10 $ 1740 por mes y $ 8,70 por hora

A partir del 1/01/11 $ 1840 por mes y $9,20 por hora

6)

Asignaciones familiares

 

 

 

A partir del 1º de julio de 2010 la Administración Nacional de la Seguridad Social liquidará en forma directa las Asignaciones Familiares de los trabajadores. De esta forma, el Estado Nacional efectúa los controles sobre las asignaciones familiares de los trabajadores y quita a los empleadores la carga financiera a través del pago anticipado del beneficio.

7)

Feriados de junio:

Lunes 20: Paso a la Inmortalidad del General D. Manuel Belgrano.

8)

Doble indemnización

(Dto 1224/2007 BO 11/9/07)

Se derogó la doble indemnización por el Decreto 1224/2007 publicado en Boletín Oficial Nº 31.136 el 11 de septiembre de 2007.

9)

Formulario 931

(Res. 2407/08 y Dto. 1448/08)

Según la cantidad de empleados, se debe utilizar el aplicativo "Su Declaración On Line" o la versión vigente del SICOSS.

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