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Novedades Laborales


María Fabiana Lizarralde.

María Fabiana Lizarralde.

Sueldos Diciembre/11

Diciembre y 2º SAC sin novedades

[BPN-21/12/11] Aunque el Sindicato Único de Trabajadores de Edificio Renta y Horizontal (SUTERH) acordó un aumento del 5% para los haberes de noviembre de 2011, no hay novedades sobre su homologación (BPN del 09/11/11: "La CAPHyAI y el SUTERH cerraron en un 5%").

2º SAC 2011

Durante el mes de diciembre se debe abonar este beneficio según lo indica el artículo 122: "El sueldo anual complementario será abonado en dos cuotas: la primera de ellas el treinta de junio y la segunda el treinta y uno de diciembre de cada año..."

Con respecto a su cálculo, la Ley 23.041 (publicada en el Boletín Oficial del 04 de enero de 1984, Nº 25335) dice: "El sueldo anual complementario en la actividad privada, Administración Pública Central y descentralizada, empresas del Estado, empresas mixtas y empresas de propiedad del Estado, será pagado sobre el cálculo del 50 % de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto dentro de los semestres que culminan en los meses de junio y diciembre de cada año".

Un mes con 3 feriados

Debido al feriado puente del día 9 de diciembre, que se suma al del día 8 y al 24, es muy probable que este último mes del año 2011 se convierta en el mejor sueldo del semestre. Habrá que liquidarlo con cuidado para luego poder calcular la segunda cuota del aguinaldo.

Asueto solo para la Administración pública nacional

El Decreto 184/2011, publicado en el Boletín Oficial del 14 de diciembre pasado, otorga asueto solo al personal de la Administración pública nacional, por lo tanto en el sector de la propiedad horizontal nada se modifica en relación a este decreto.

El personal beneficiado, gozará de asueto los días 23 y 30 de diciembre a partir de las 12 horas y en forma total los días 26 de diciembre de 2011 y 2 de enero de 2012.

Diciembre 2011

1)

Escala salarial vigente

(Res 222-223-224/2011 BO 12/04/2011 Nº 32128)

Octubre 2011

 

3)

FATERYH

(CCT 378/04 - Art. 27 + Homolog. 106/09)

1% de aportes para trabajadores

2,5% de contribuciones para el empleador.

4)

Aporte Jubilatorio:

(Dto. 22/2007 – BO 24/1/2007)

11%

5)

Sueldo Mínimo Vital y Móvil (Resolución 2/2011 BO 30/08/11 Nº3223)

A partir del 1/09/11 $ 2300 por mes y $ 11,50 por hora

6)

Asignaciones familiares

 

 

 

A partir del 1º de julio de 2010 la Administración Nacional de la Seguridad Social liquidará en forma directa las Asignaciones Familiares de los trabajadores. De esta forma, el Estado Nacional efectúa los controles sobre las asignaciones familiares de los trabajadores y quita a los empleadores la carga financiera a través del pago anticipado del beneficio.

7)

Feriados de diciembre (3)

Jueves 8 por el día de la Inmaculada Concepción de María, Viernes 9 por feriado turístico (Dto. 1585/2010) y el 25 por Navidad.

8)

Doble indemnización

(Dto 1224/2007 BO 11/9/07)

Se derogó la doble indemnización por el Decreto 1224/2007 publicado en Boletín Oficial Nº 31.136 el 11 de septiembre de 2007.

9)

Formulario 931

(Res. 2407/08 y Dto. 1448/08)

Según la cantidad de empleados, se debe utilizar el aplicativo "Su Declaración On Line" o la versión vigente del SICOSS.

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