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Novedades Laborales


María Fabiana Lizarralde.

María Fabiana Lizarralde.

Sueldos Diciembre/13

Otra escala para diciembre

[BPN-19/12/13] En el mes de diciembre del corriente año vuelve a cambiar la escala salarial para confeccionar los recibos de haberes del último mes del 2013. Como lo dispone la Resolución 637/2013, publicada el 6 de junio pasado en el Boletín Oficial (BO), en este mes se deberá aplicar el tercer escalón del aumento logrado por el sector que estará vigente hasta el período de febrero 2014 inclusive.

Al comparar los nuevos importes básicos de las distintas funciones y categorías con los de la escala vigente desde Octubre de 2013 surge que todos los valores aumentaron entre un 4.19 y un 4.63%. La mayoría de los básicos aumentaron un 4,2% y solo las cuatro categorías de la función "Intendente" aumentó un 4.63%.

Con respecto al aumento de los adicionales también se repite el mismo comportamiento que en los básicos: la mayoría aumentó en un 4.20% salvo la Clasificación de Residuos y el Plus por limpieza de piletas y mantenimiento de agua que subió un 4.63%.

Los valores de la nueva escala que estarán vigente desde el período Diciembre/2013 y hasta Febrero/2014 son:

Diciembre 2013

 

1° Cat.

2° Cat.

3° Cat.

4° Cat.

Encargado Permanente con vivienda

5.545

5.314

5.083

4.621

Encargado Permanente sin vivienda

6.518

6.246

5.975

5.431

Ayudante Permanente con vivienda

5.545

5.314

5.083

4.621

Ayudante Permanente sin vivienda

6.518

6.246

5.975

5.431

Ayudante Media jornada

3.259

3.123

2.987

2.716

Personal Asimilado Con vivienda

5.545

5.314

5.083

4.621

Personal Asimilado Sin vivienda

6.518

6.246

5.975

5.431

Mayordomo Con vivienda

5.751

5.511

5.271

4.792

Mayordomo Sin vivienda

6.783

6.501

6.218

5.653

Intendente

8.249

8.249

8.249

8.249

Personal con mas 1 Función con vivienda

5.545

5.314

5.083

4.621

Personal con mas 1 Función sin vivienda

6.518

6.246

5.975

5.431

Encargado Guardacoches con vivienda

4.889

4.889

4.889

4.889

Encargado Guardacoches sin vivienda

5.309

5.309

5.309

5.309

Personal Vigilancia Nocturna

5.872

5.872

5.872

5.872

Personal Vigilancia Diurna

5.467

5.467

5.467

5.467

Personal Vigilancia Media Jornada

2.734

2.734

2.734

2.734

Encargado No Permanente Con vivienda

2.631

2.631

2.631

2.631

Encargado No Permanente Sin vivienda

2.860

2.860

2.860

2.860

Ayudante Temporario

5.356

5.356

5.356

5.356

Ayudante Temporario Media Jornada

2.678

2.678

2.678

2.67

Para cualquiera de las categorías

Personal Jornalizado no mas 18 horas (según ART. 7 INC. P HORA)

55,38

Suplente con horario por día

241,8

Retiro de residuos por unidad destinada a vivienda u oficina

9,89

Clasificación de residuos

13,01

Clasificación de residuos Resol. 2013 243 SSRT-GCABA 162,00

169,5

Valor vivienda

36,4

Plus por antigüedad conf. Resoluc. 106/09 - inc. D, e, h, n y p del art. 7 y 8 por año (1%)

54,31

Plus por antigüedad - por año ART. 11 (2%)

108,63

Plus limpieza de cocheras

135,19

Plus movimiento de coches - hasta 20 unidades

200,2

Plus Jardín

135,19

Plus Zona Desfavorable

50%

Titulo de Encargado Integral de Edificio

10%

Plus limpieza de piletas y mantenimiento del agua

226

Diciembre 2013

1)

Escala salarial vigente

(Res 637/2013 BO 06/06/2013)

Diciembre 2013

3)

FATERYH

(Res 637/2013 BO 06/06/2013 - CCT 589/10 - Art. 27)

1% de aportes para trabajadores

3% de contribuciones para el empleador.

4)

Aporte Jubilatorio:

(Dto. 22/2007 – BO 24/1/2007)

11%

5)

Sueldo Mínimo Vital y Móvil (Resolución 3/2013 BO 29/07/13)

A partir del 1/08/13 $ 3300 por mes y $ 16,50 por hora

A partir del 1/01/14 $ 3600 por mes y $ 18,00 por hora

6)

Asignaciones familiares

A partir del 1º de julio de 2010 la Administración Nacional de la Seguridad Social liquidará en forma directa las Asignaciones Familiares de los trabajadores. De esta forma, el Estado Nacional efectúa los controles sobre las asignaciones familiares de los trabajadores y quita a los empleadores la carga financiera a través del pago anticipado del beneficio.

7)

Feriados de diciembre (2)

Domingo 8 Día de la Virgen y miércoles 25 Navidad

8)

Doble indemnización

(Dto 1224/2007 BO 11/9/07)

Se derogó la doble indemnización por el Decreto 1224/2007 publicado en Boletín Oficial Nº 31.136 el 11 de septiembre de 2007.

10)

Formulario 931

(Res. 2407/08 y Dto. 1448/08)

Según la cantidad de empleados, se debe utilizar el aplicativo "Su Declaración On Line" o la versión vigente del SICOSS.

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