Curso de sueldos para Propiedad Horizontal   Curso/taller de Liquidación de Sueldos General

Novedades Laborales


María Fabiana Lizarralde.

María Fabiana Lizarralde.

Sueldos Diciembre/14

¡Chau 2014!

En el último mes del año 2014,no hay novedades para confeccionar los haberes del mes Habrá que tener en cuenta la confección del 2º SAC pero –por este año- todo sigue igual.

[BPN-24/12/14] En diciembre sigue vigente la escala salarial del mes de Octubre/2014 y no hay cambios que reflejar en los recibos de haberes.

Junto con los haberes del mes, hay que liquidar el 2º Sueldo Anual Complementario de 2014. Si bien se habla de una modificación a la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) para abonar los aguinaldos de diciembre el día 18/12, todavía no se publicó en el Boletín Oficial.  Se supone que se aplicará a partir del año que viene y que se estimará el sueldo de diciembre para poder liquidarlo. Si posteriormente surge una diferencia de aguinaldo a pagar, se abonará con el sueldo de diciembre.

Por lo tanto, para este aguinaldo sigue vigente lo que dice la LCT en su artículo Art. 122: "Épocas de pago: El sueldo anual complementario será abonado en dos cuotas: la primera de ellas el treinta de junio y la segunda el treinta y uno de diciembre de cada año...".

Diciembre 2014

1)

Escala salarial vigente

(Res 637/2013 BO 06/06/2013)

Octubre 2014 (Disp. DNRT 238 4/6/14)

3)

FATERYH

(Res 637/2013 BO 06/06/2013 - CCT 589/10 - Art. 27)

1% de aportes para trabajadores

3% de contribuciones para el empleador.

4)

Aporte Jubilatorio:

(Dto. 22/2007 – BO 24/1/2007)

11%

5)

Sueldo Mínimo Vital y Móvil (Resolución 3/2014)

A partir del 1/09/14 $ 4400 por mes y $ 22,00 por hora

A partir del 1/01/15 $ 4716 por mes y $ 23,58 por hora

6)

Asignaciones familiares

A partir del 1º de julio de 2010 la Administración Nacional de la Seguridad Social liquidará en forma directa las Asignaciones Familiares de los trabajadores. De esta forma, el Estado Nacional efectúa los controles sobre las asignaciones familiares de los trabajadores y quita a los empleadores la carga financiera a través del pago anticipado del beneficio.

7)

Feriados de diciembre (5)

Lunes 8 por el Día de la Virgen, miércoles 24 por víspera de Navidad (para el sector de la Propiedad Horizontal), jueves 25 por Navidad, viernes 26 por ser Feriado Puente y el miércoles 31 por víspera de Año Nuevo (para el sector de la Propiedad Horizontal)

8)

Doble indemnización

(Dto 1224/2007 BO 11/9/07)

Se derogó la doble indemnización por el Decreto 1224/2007 publicado en Boletín Oficial Nº 31.136 el 11 de septiembre de 2007.

10)

Formulario 931

(Res. 2407/08 y Dto. 1448/08)

Según la cantidad de empleados, se debe utilizar el aplicativo "Declaración en línea" o la versión vigente del SICOSS.

11)

Obra social

Desde junio/2014 hasta mayo/2015: contribución de $50 por trabajador que se abona con la boleta de Fateryh

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