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Novedades Laborales


María Fabiana Lizarralde.

María Fabiana Lizarralde.

Sueldos Agosto/15

Agosto = Julio = Junio

[BPN-24/08/15] Los recibos de haberes del mes de agosto no presentaran novedades desde el punto de vista de la escala salarial. Junio, julio y agosto comparten la misma escala hasta que en septiembre deberá aparecer la nueva con el segundo escalón del aumento.

El acuerdo homologado el pasado 29 de junio estableció que el incremento salarial del 27% se repartiría en dos etapas: un 20% a partir del 1° de julio y el otro 7% a partir del 1° de septiembre de 2015.

Textualmente, el acuerdo dice con respecto a los aumentos:

"[…] 1.- A partir del 1º de junio de 2015 se incrementan un 20% los salarios básicos de convenio correspondientes al mes de marzo de 2015, lo que significa que el 20% se aplica sobre la escala salarial que estaba vigente desde el mes de octubre del año 2014.

2.- A partir del 1º de septiembre de 2015 se incrementarán un 7% los salarios básicos sobre las remuneraciones del mes de junio de 2015, por lo tanto sobre la última escala salarial…".

Es importante destacar que el Acta acuerdo anteriormente citado se publicó en el Boletín Oficial del día 21 de agosto de 2015 pero no incluyó el detalle de la escala salarial de agosto ni tampoco la que se deberá utilizar a partir del mes de septiembre, como sí se hizo en oportunidades anteriores.

Esperemos que esta vez, la escala de septiembre no se haga esperar tanto.

Agosto 2015: Varios

1)

Escala salarial vigente
(Res 854/2015 BO 21/08/2015)

Junio 2015 (Disp. DNRT 854 29/6/15)

2)

Sueldo Mínimo Vital y Móvil

(Resolución 3/2015 BO 20/07/2015)

* A partir del 1/08/15 $5588 por mes

* A partir del 1/01/16 $6060 por mes

3)

Asignaciones familiares

A partir del 1º de julio de 2010 la Administración Nacional de la Seguridad Social liquidará en forma directa las Asignaciones Familiares de los trabajadores. De esta forma, el Estado Nacional efectúa los controles sobre las asignaciones familiares de los trabajadores y quita a los empleadores la carga financiera a través del pago anticipado del beneficio.

4)

Feriados de agosto (1)

Lunes 17 por la conmemoración de la muerte del General José de San Martín

5)

Doble indemnización
(Dto 1224/2007 BO 11/9/07)

Se derogó la doble indemnización por el Decreto 1224/2007 publicado en Boletín Oficial Nº 31.136 el 11 de septiembre de 2007.

6)

Formulario 931
(Res. 2407/08 y Dto. 1448/08)

Según la cantidad de empleados, se debe utilizar el aplicativo "Declaración en línea" o la versión vigente del SICOSS.

Agosto 2015: Sueldos

1)

Aporte Jubilatorio:
(Dto. 22/2007 – BO 24/1/2007)

11%

2)

INSSJP (Ley 19032)

3%

3)

Aporte sindical

2%

4)

Aporte Obra social

3%

5)

Caja de Protección a la familia

1%

6)

Fondo para la Maternidad, Vida, Desempleo y Discapacidad (FMVDD)

1%

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